Actualizado 04/05/2018 17:24

El Gobierno de Ceuta defiende los certificados que dio a Arias Cañete para el pago del IRPF

Miguel Arias Cañete en el Congreso Nacional de Energías Renovables
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CEUTA, 4 May. (EUROPA PRESS) -

El portavoz del Gobierno de Ceuta, Jacob Hachuel (PP), ha defendido los certificados que los exconsejeros de Fomento y Hacienda del Ejecutivo autonómico Susana Román y Francisco Márquez emitieron en 2013 a petición del actual comisario europeo de Acción por el Clima y Energía, Miguel Arias Cañete, para intentar hacer valer sin éxito ante la Agencia Tributaria, primero, y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), después, su derecho a beneficiarse en la declaración del IRPF de 2011 de las bonificaciones fiscales reservadas para residentes en la ciudad autónoma o trabajos efectivamente desarrollados en ella.

En declaraciones a los periodistas, Hachuel ha asegurado este viernes que "el señor Cañete solicitó en su momento varios certificados de esta institución que, como en todos los demás casos, fueron soportados por informes jurídicos muy bien documentados".

"Se certificó lo que requirió porque respondía a la realidad, como se hace con cualquier otro ciudadano, y a partir de ahí Hacienda consideró lo que tuvo a bien", ha resumido el también consejero de Gobernación, que se ha negado a "valorar" por "falta de datos suficientes" el comportamiento del exministro de Medio Ambiente durante los meses que precedieron a su entrada en el Gobierno de Mariano Rajoy, cuando presidía la petrolífera Ducar.

El comisario europeo se aplicó una deducción fiscal del IRPF por su trabajo como abogado en Ceuta pese a tener su despacho profesional en Jerez que la Agencia Tributaria rechazó al entender que no quedaba probado "que las operaciones ni los servicios profesionales se hayan prestado en la antedicha ciudad".

Hacienda le reclamó 14.661 euros de cuota y 790 de intereses de demora y el ex ministro recurrió a la Justicia ordinaria y aportó como pruebas varios certificados de instituciones públicas como el Gobierno y la Autoridad Portuaria de Ceuta que apuntaron que había realizado "diversos desplazamientos" a la ciudad autónoma para mantener "relaciones de trabajo para estudiar las posibilidades y determinaciones del traslado de las instalaciones de almacenamiento de combustible ubicadas en San Amaro a la zona portuaria".

El TSJM también desestimó sus argumentos y los certificados oficiales aportados porque "si bien constan actividades desplegadas, no se especifican los concretos desplazamientos efectuados a Ceuta ni las fechas en que se llevaron a cabo las reuniones, a pesar de tener carácter oficial y desarrollarse en las sedes de la Presidencia de la Ciudad Autónoma y de la Autoridad Portuaria".

"No puede admitirse que el actor prestase su asesoramiento jurídico únicamente en las reuniones celebradas en esas sedes", concluyó el Tribunal según la sentencia publicada por Elconfidencial.com, en la que se resaltó que "aunque es evidente que las nuevas tecnologías permiten realizar algunas actividades en cualquier lugar en que se encuentre el profesional, este argumento no apoya la tesis del recurrente, pues esa libertad de elección del lugar de trabajo conlleva que no tenía que desplazarse a Ceuta para realizar sus servicios de asesoramiento a la entidad Petrolífera Ducar, siendo precisamente la realización efectiva de la actividad económica en esa ciudad la razón que justifica la aplicación de la deducción fiscal".

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