Actualizado 24/03/2018 14:42

Reabren la causa contra un consejero de Ceuta por no inhabilitar a dos policías locales condenados por el Supremo

CEUTA, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta ha ordenado reabrir las diligencias contra el consejero de Gobernación del Ejecutivo autonómico, Jacob Hachuel (PP), que investigan la presunta comisión de un delito de prevaricación administrativa en el sobreseimiento del expediente administrativo abierto a dos policías locales condenados por el Tribunal Supremo (TS) por un caso de lesiones con agravante de abuso de superioridad sobre un anciano en 2005.

En el auto con el que ha estimado parcialmente los recursos presentados por la Fiscalía y la acusación particular contra el archivo de la causa decretado por la jueza instructora, la Audiencia le manda "replantearse si su análisis de la actuación del investigado fue correcto" y "determinar hasta qué punto puede atisbarse si la actuación seguida por los órganos de la Ciudad Autónoma" que culminó con el archivo del expediente pecó "de ineficaz" o de "querer eludir sancionar" a los dos agentes y si Hachuel fue "consciente de ello".

A juicio de la Sala, hay tres conclusiones posibles para las diligencias: que la resolución del expediente se debiese "a un despropósito continuado por dejadez", a "la ignorancia en aspectos administrativos esenciales de los organismos de la Ciudad Autónoma" o a "la voluntad deliberada de salvaguardar a los dos policías locales".

Hachuel archivó en enero de 2016 el expediente disciplinario en base a un auto de la propia Audiencia Provincial que acordó la "suspensión" de la pena de cárcel y la accesoria de inhabilitación siempre y cuando los dos funcionarios no cometiesen ningún delito durante dos años.

El consejero dictó el sobreseimiento pese a que el instructor del expediente había concluido que "cualquier condena penal de un funcionario a inhabilitación absoluta o especial, ya sea como pena principal o accesoria", debía suponer "la pérdida definitiva del cargo que ocupara", pues "constituye una incapacidad para la función pública".

Para la Fiscalía, "la conducta del acusado en el ejercicio de sus funciones como consejero concurrió la arbitrariedad patente al dictar una resolución manifiestamente injusta en sí misma" y con su proceder cometió "una agresión consciente, deliberada y grave a la ley" que se tradujo en "un resultado materialmente injusto" al "no resolver el expediente disciplinario de dos agentes que han sido condenados en el ejercicio de sus funciones por un delito doloso".

El auto lamenta la "confusión" generada a lo largo de toda la tramitación de un expediente administrativo en el que, "consciente o inconscientemente, se han entremezclado desde un primer momento dos extremos: el que las dos penas de inhabilitación especial supusieran o no la pérdida de su condición profesional, y el que los mismos hechos por los que fueron condenados constituyeran unas infracciones administrativas susceptibles de castigarse en dicha vía de forma independiente".

"Lo verdaderamente importante", estima la Audiencia, es "determinar cómo algo tan relativamente sencillo como era si los dos agentes habían cometido o no una infracción administrativa" ha generado en el Gobierno de Ceuta "una tramitación tan caótica y la emisión de informes, propuestas de resolución y una resolución final tan alejadas de ello en una administración pública dotada de medios personales nada despreciables".

La Audiencia destaca, además, que "no deja de ser llamativo" que se utilizara el término 'sobreseimiento' por el investigado para poner fin al expediente administrativo, lo que "puede apuntar a una actuación más tendenciosa que a la imparcialidad que debe presidir la labor administrativa".

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