La Agencia Estatal de Investigación interrumpe los plazos de sus convocatorias de ayudas

Publicado: martes, 17 marzo 2020 12:10

MADRID, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Agencia Estatal de Investigación (AEI) ha suspendido los términos e interrumpido los plazos de los procedimientos administrativos en curso de sus convocatorias de ayudas, regulados de forma directa o indirecta por la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de acuerdo con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Así, durante el tiempo en que esté en vigor el Real Decreto, se suspenden los términos y se interrumpen los plazos administrativos de los actos y procedimientos derivados de las convocatorias de ayudas gestionadas por la AEI del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Esta interrupción afectará, entre otros a: las ventanillas de justificación científico-técnica y económica de las ayudas; los plazos de subsanación, alegación y recurso derivados de cualquier proceso del ciclo de vida de las ayudas; los plazos para la solicitud de modificación de la resolución de concesión; y los plazos de prescripción y caducidad de las ayudas.

Los plazos para la cumplimentación de estos trámites o su cómputo, en el caso de la prescripción y caducidad, se interrumpirán durante la vigencia del Real Decreto, volviendo a correr dichos plazos una vez finalizada ésta.

Esta suspensión de términos e interrupción de plazos se refiere tanto a la tramitación de los procedimientos que ya están en marcha como a los que se pudieran iniciar en el futuro durante el tiempo en que esté en vigor el Real Decreto.

La suspensión de los términos e interrupción de plazos no impide que los beneficiarios o solicitantes cumplan y realicen la actuación que les compete. Así, las ventanillas seguirán abiertas y se podrán seguir realizando subsanaciones, alegaciones y recursos ante la Agencia Estatal de Investigación incluso durante el periodo en que esté en vigor el Real Decreto.

De forma general, el periodo de ejecución de las ayudas en curso (fecha de inicio y fecha de fin) no se verá afectado por esta situación.

Asimismo, y sin perjuicio de lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Real Decreto, la AEI podrá acordar en cualquier fase del procedimiento las medidas de ordenación e instrucción necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.

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