Alperi y Ortiz cuestionan la instrucción de la causa y piden la nulidad por la "manipulación" de las escuchas

El empresario Enrique Ortiz a su llegada a la Audiencia Provincial de Alicante para sentarse en el banquillo de los acusados, en Alicante, Comunidad Valenciana (España), a 30 de junio de 2020.
El empresario Enrique Ortiz a su llegada a la Audiencia Provincial de Alicante para sentarse en el banquillo de los acusados, en Alicante, Comunidad Valenciana (España), a 30 de junio de 2020. - Joaquín Reina - Europa Press
Publicado: martes, 7 julio 2020 15:46

   ALICANTE, 7 Jul. (EUROPA PRESS) -

   Las defensas del exalcalde 'popular' de Alicante Luis Díaz Alperi y del empresario Enrique Ortiz han cargado contra la instrucción realizada en la causa que juzga el supuesto amaño del Plan General de Alicante (PGOU) --como pieza separada del caso Brugal-- y piden la nulidad de las actuaciones por la "manipulación" de las escuchas.

   En la segunda sesión de cuestiones previas, el letrado de Ortiz ha cuestionado la autenticidad de los discos que contienen las conversaciones que dieron lugar al inicio de la causa y ha recordado que se da un "caso patente" de falta de integridad de los dispositivos. Así, ha señalado que ya en 2010 se advirtió que las conversaciones contenidas son las determinadas por la Policía como "de interés para la causa" y ha expuesto como ejemplo, en ese sentido, que faltan 12 conversaciones efectuadas el 27 de enero de 2010.

   Asimismo, ha impugnado los DVD porque carecen de firma digital y ha recordado que la Fiscalía es responsable de asegurar "la validez" de los soportes ya que son "la madre de las pruebas". "No reúnen los requisitos para ser prueba", ha indicado el abogado del empresario.

   En ese sentido, ha abundado, sobre el auto de incoación de la causa, que hay "toneladas de jurisprudencia" en la que se niega que la primera actuación dictada por un juzgado pueda ser la intervención telefónica.

   Asimismo, ha hablado de nulidad por los actos jurídicos adoptados ya que la "competencia funcional", a partir del 7 de abril de 2008, correspondía al juzgado 6 de Alicante, pero la causa siguió en Orihuela pese a que no existía conexión entre el plan general de Alicante y la planta de residuos de la Vega Baja, que dio origen a la causa.

   Ha recordado que ese juzgado 6 de Alicante denegó, tras la inhibición de Orihuela, la intervención de las comunicaciones de Ortiz. Sin embargo, la pieza regresó a Orihuela donde había otra juez, diferente a la que se había inhibido, y a la que se ocultó el sobreseimiento dictado en Alicante. Para el letrado de Ortiz, el fiscal avaló una maniobra "de los servicios policiales y un fraude de ley, en sentido técnico".

   Así, ha afeado a la fiscalía que "nadie más" puede "velar y ayudar" al juzgado, y que "esconder el sobreseimiento" al juez "no es ayudar". Asimismo, ha alegado la nulidad por principio de especialidad y por déficit de motivación.

ALPERI, GRABADO EN 82 OCASIONES

   Por su parte, el letrado del exalcalde Luis Díaz Alperi ha visto hasta seis motivos de nulidad en la instrucción del proceso. En ese sentido, se ha referido a la nulidad de las escuchas dictada por la Sección Séptima de la Audiencia de Alicante, y ha hablado de escuchas "manipuladas".

   Además, ha agregado se ocultó al juzgado de Orihuela que desde Alicante se había denegado la intervención de la comunicaciones y que, pese a ello, la policía escuchó lo relativo al Plan Rabassa, ante el silencio de la Fiscalía.

   Asimismo, se ha incidido en que "jamás" se ha ordenado la intervención de las comunicaciones de Alperi y que, pese a ello, se han grabado hasta 82 de sus conversaciones y ha recordado que el exalcalde también era diputado autonómico desde 2007 y, sin embargo, hasta 2012 no se da traslado al TSJCV.

   Luis Díaz Alperi alega nulidad por vulneración del derecho de defensa, ya que aparecía en la denuncia de 2011 pero no pudo intervenir en interrogatorios o en la valoración de la legalidad de las escuchas.

   Por último, Alperi señala que se produjo una violación del principio de especialidad y de hallazgo casual en las intervenciones de las comunicaciones de Ortiz y de su mujer, ya que se siguieron escuchando cuestiones para las que "no se había dado autorización". Y se ha referido a que se estuvo escuchando lo relativo al plan general "como si fuera un hecho delictivo".

   Asimismo, se ha señalado que Alperi fue grabado durante un viaje en avión privado en Manises, pero "sin contárselo al juez" hasta un mes más tarde, en agosto de 2008. Un plazo de tiempo para el que ha considerado que ya era "tarde" para ser legitimado.

CASTEDO Y GUTIÉRREZ

   Por su parte, la defensa de los abogados José Luis Castedo

   --hermano de la exalcaldesa Sonia Castedo--, y Javier Gutiérrez han argumentado nulidad por vulneración de la tutela efectiva, al haber ratificado solo Ramón Salvador el escrito de conformidad; vulneración del secreto de las comunicaciones; han puesto en duda la legitimidad de Ayuntamiento de Alicante y de Esquerra Unida para ejercer las acusaciones particulares; y la nulidad por la validez de los soportes de las conversaciones.

   Además, su defensa ha planteado que se les atribuyen los delitos de cohecho, revelación de secretos, información privilegiada, tráfico de influencias y prevaricación, cuando se trata de tipos solo aplicables a los funcionarios y ambos carecen de esa condición.

   El juicio se retoma el próximo día 17, cuando la fiscalía responderá a las cuestiones previas planteadas por las defensas.