El Ayuntamiento acuerda apartar de toda representación al concejal que resulte imputado por corrupción

COMISIÓN DE TRANSPARENCIA
AYUNTAMIENTO
Actualizado: miércoles, 3 diciembre 2014 22:02

CASTELLÓN, 1 Dic. (EUROPA PRESS) -

Los grupos políticos representados en el Ayuntamiento de Castellón --PP, PSPV, EU y Bloc-Compromís-- han alcanzado un acuerdo para adoptar medidas en caso de que un miembro de la corporación municipal sea imputado por un presunto delito de corrupción política, entre las que está apartarle de toda representación que ostente, según ha anunciado el presidente de la Comisión Especial de Transparencia del consistorio, Juan José Pérez Macián.

El acuerdo contempla que, ante la imputación de un miembro de la corporación municipal, se someterá a la consideración del pleno la aprobación de un acuerdo por el que se ruegue al juzgado o tribunal instructor la "máxima celeridad" en el procedimiento de instrucción, "en aras a determinar a la mayor brevedad, bien la desimputación, bien la apertura de juicio oral".

Así mismo, los grupos políticos municipales se comprometen a adoptar una serie de medidas preventivas para preservar el "buen nombre" del Ayuntamiento de Castellón, entre las que se encuentra que el concejal será apartado de toda representación que ostente en cualquier órgano colegiado de gobierno o administración del Ayuntamiento, consultivos, patronatos municipales, administración de los entes, fundaciones, sea cual sea su naturaleza, en los que el consistorio sea partícipe y del que formen parte por designación del portavoz de su grupo municipal o por acuerdo de cualquier órgano municipal.

Si el concejal imputado forma parte de la Junta de Gobierno Local, ostenta la condición de teniente de Alcalde o concejal delegado de área de Gobierno o cualquier otra delegación general o especial de funciones, por la Alcaldía o por la Junta de Gobierno Local se procederá a la revocación inmediata de las mismas.

Estas medidas se adoptarán con la salvaguarda de los derechos políticos individuales y obligaciones inherentes a su estatuto como miembro de la corporación municipal.

EL ALCALDE DELEGARÁ

En el supuesto que la imputación afecte a la persona del alcalde, éste delegará en el vicealcalde el ejercicio de todas las competencias que le atribuye la legislación de régimen local, salvo aquellas que tengan la condición de indelegables y, de no hacerlo, los grupos políticos municipales le instarán a ello.

Las medidas conllevarán la correspondiente deducción del régimen de retribuciones si desempeñaban funciones con dedicación exclusiva o dedicación parcial, pasando a percibir asistencias por concurrencia efectiva a las sesiones del Pleno del Ayuntamiento y comisiones. De la misma forma se procederá en el caso del alcalde en proporción a su dedicación efectiva en esta nueva situación.

El acuerdo indica que se entiende por corrupción política el mal uso del poder público por acción y omisión para obtener una ventaja ilegítima que comporte un abuso de poder, de funciones o medios para obtener un provecho económico o de otra índole y/o que este beneficio o ganancia ilícita se extienda a personas allegadas por vínculos de mayor o menor intimidad al que obtiene esa ventaja --personal, familiar o de partido--.

Así mismo, será necesario que dicha conducta se encuentre tipificada en el Código Penal como delitos contra la Administración Pública tales como prevaricación, revelación de secretos, cohecho, tráfico de influencias, malversación, fraude, negociaciones prohibidas a funcionarios y abusos en el ejercicio de su función, u otros tipificados como apropiación indebida, blanqueo de capitales, estafa, falsedad documental o cualesquiera otras conductas típicas análogas.

Las medidas se mantendrán hasta el archivo de diligencias o sobreseimiento respecto del miembro de la corporación municipal afectado, que podrá recuperar su anterior status en el Ayuntamiento, sin perjuicio que por resolución judicial se disponga otra cosa. Los grupos políticos municipales incorporarán estos acuerdos a sus reglamentos o normas internas de funcionamiento.

NO AFECTA A LA CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA

Pérez Macián ha aclarado que el acuerdo se refiere a casos de corrupción política, "en casos en los que se produce un aprovechamiento del político para sí mismo, para familiares, allegados o para un partido político, no en casos de posible corrupción administrativa".

Así, ha mostrado su satisfacción por este "acuerdo histórico" que se ha logrado, --según ha dicho-- "con un texto que viene a dar respuesta a un clamor social contra la corrupción política que está presente en la actualidad". "Hoy el Ayuntamiento de Castellón, que dirige Alfonso Bataller, así como sus ciudadanos, pueden felicitarse por el hecho de haber dado respuesta a una de las mayores preocupaciones de nuestra sociedad", ha subrayado.

Pérez Macián ha hecho hincapié en que el Ayuntamiento se sitúa como una de las administraciones locales "pioneras" a la hora de tomar decisiones como ésta, "cuando no hay bajo sospecha ningún miembro de la corporación, siendo la primera de la capitales de la Comunitat Valenciana en adoptar un acuerdo de estas características".

Según ha explicado, "entendemos que la situación actual y el clamor social que pide respuestas ante las noticias de corrupción obliga a quienes estamos dedicados a la política a ir un paso más allá, renunciando, en parte, a esa presunción de inocencia para ponerla al servicio de los ciudadanos y de la credibilidad de la política y las instituciones".

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