La causa contra el exalcalde de Vall d'Alba Francisco Martinez (PP) se transforma en procedimiento de jurado popular

Imagen de archivo de Francisco Martínez, exvicepresidente de la Diputación y exalcalde de Vall d'Alba
Imagen de archivo de Francisco Martínez, exvicepresidente de la Diputación y exalcalde de Vall d'Alba - DIPUTACIÓN DE CASTELLÓN - Archivo
Publicado: viernes, 8 enero 2021 22:27

CASTELLÓ, 8 Ene. (EUROPA PRESS) - -

El juzgado de instrucción número 4 de Castellón ha decidido a través de un auto transformar las actuaciones relativas a la causa contra el exvicepresidente de la Diputación y exalcalde de Vall d'Alba Francisco Martínez por supuestas irregularidades urbanísticas a procedimiento para el juicio ante el Tribunal del Jurado.

Según dicho auto, la causa se inició en enero de 2016 a partir de una querella interpuesta por la Fiscalía. El 14 de marzo de 2017 se dictó un auto de incoación de procedimiento abreviado, en el que se indicaba que Francisco Martínez, su hija y un empresario, actuando como personas físicas en unos casos y en otros a través de varias sociedades, usando información privilegiada, adquirieron a bajo coste determinadas fincas sobre las que existían planificaciones urbanísticas proyectadas por el Ayuntamiento de Vall d'Alba para más tarde transmitirlas por un alto precio o reservarlas con dicha finalidad, lucrándose con ello.

Además, señalaba que Francisco Martínez intervino en las adquisiciones y ventas directamente o por medio de otros familiares en proyectos de urbanización sometidos a su competencia municipal, propiciando mejoras urbanísticas que directamente beneficiaban a sus propiedades.

En mayo de 2017 el ministerio fiscal presentó escrito de acusación contra las anteriores personas físicas y jurídicas por presuntos delitos de uso de información privilegiada, negociaciones prohibidas a funcionario, fraude administrativo y blanqueo de capitales.

Recurrido en apelación el citado auto, la Audiencia Provincial de Castellón lo revocó por "no contener una exposición debidamente precisada de los hechos imputados con posible relevancia penal". Posteriormente se dictó nuevamente auto de incoación de procedimiento abreviado que, recurrido así mismo en apelación, dio lugar a la resolución de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de la que trae causa la presente.

El juzgado de instrucción númrero 4 explica que Francisco Martínez, siendo alcalde de Vall d'Alba y aunque no tuviese directamente encomendadas las funciones relativas a la actividad urbanística es "lógico" presumir que tenía conocimiento de cualquier proyecto urbanístico que se estuviera fraguando en el municipio, y añade que el presente procedimiento pretender determinar si el investigado y su círculo personal más próximo pudo aprovecharse de su conocimiento en materia de futuros proyectos.

INDICIOS DE DELITOS

Así, considera que en la causa concurren indicios de la comisión por parte de Francisco Martínez, su hija y un empresario de un delito continuado de uso de información privilegiada. Además, el juez asegura que también se aprecian indicios de presuntos delitos de negociaciones prohibidas a funcionario, del artículo 439 del Código Penal, tipo delictivo atribuido a la competencia del Tribunal del Jurado.

También indica el juez que concurren indiciariamente los elementos del tipo de blanqueo en las conductas objeto de autos, "al haberse podido trazar con relativo detalle el conjunto de mecanismos o procedimientos orientados a dar apariencia de legitimidad o
legalidad a bienes o activos de origen delictivo, relación de causalidad entre los actos de blanqueo y una previa actividad delictiva que permite afirmar la procedencia ilícita del patrimonio a blanquear".

En definitiva, se entiende que el procedimiento legalmente establecido para la tramitación de la presente causa es el previsto en la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, y así, se acuerda la transformación del mismo.

El juez señala el próximo día 5 de febrero, a las 10.00 horas, para la comparecencia legalmente prevista para concretar la imputación, solicitar el sobreseimiento o pedir la práctica de diligencias de investigación, a cuyo fin se citará al Ministerio Fiscal, a los investigados y demás partes personadas.

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