El CJC insta a indemnizar con 51.695 ? a una mujer por el fallecimiento de su padre en una residencia de Ibi

Actualizado: domingo, 15 agosto 2010 13:25

ALICANTE, 15 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Consell Jurídic Consultiu (CJC) de la Comunitat Valenciana ha propuesto en un dictamen que la Generalitat indemnice con 51.695 euros a una mujer en concepto de daños y perjuicios por el fallecimiento de su padre en un centro residencial de la tercera edad de Ibi (Alicante) tras caerse accidentalmente por el hueco central de la escalera de este edificio, cuyo titular es la Conselleria de Bienestar Social.

En un dictamen de octubre de 2009 consultado por Europa Press, el CJC considera que ha quedado acreditado que existe un nexo causal entre el funcionamiento del servicio público y los daños sufridos a consecuencia del fallecimiento del jubilado por "constatarse el incumplimiento de las medidas de seguridad" por parte del centro de tercera edad.

Los hechos sucedieron el 14 de octubre de 2007 sobre las 16.30 horas cuando el padre de la reclamante, de 72 años, cayó por el hueco central de la escalera debido a que ésta "carecía de las más elementales medidas de seguridad y protección", según el relato de la hija de la víctima, que añade que la barandilla, que supuestamente tenía que servir de protección, "en realidad consistía sólo en dos barrotes de hierro" con huecos entre ellos. Horas después, el hombre falleció como consecuencia de las lesiones sufridas.

De hecho, el jubilado se deslizó por uno de los huecos existentes en el tramo de la escalera situado entre la planta primera y la planta baja de la residencia. La Conselleria de Bienestar Social mantenía el centro abierto sin licencia y esta situación "también estaba amparada" por el Ayuntamiento de Ibi, según la reclamante.

De esta manera, para la familia de la víctima concurre una triple negligencia, por la "manifiesta falta de condiciones de seguridad" de la barandilla y por parte de la Generalitat y del Consistorio por el hecho de que el establecimiento se encontrara abierto sin disponer de la preceptiva licencia.

En su dictamen, el CJC estima parcialmente la reclamación presentada por la hija del fallecido, que solicitaba una indemnización de 90.000 euros, por lo que considera que la Generalitat debe abonar a la reclamante un total de 51.695 euros en concepto de responsabilidad patrimonial.

"RIESGO PARA LOS RESIDENTES"

La propia Generalitat proponía estimar parcialmente la reclamación al entender que de la documentación incorporada al expediente, que incluye fotografías sobre el estado de la barandilla, queda acreditado que en el momento de producirse los hechos este elemento "era un riesgo para los residentes", ya que entre la barandilla y la caja del ascensor había un espacio libre que provocó el accidente.

La Administración alude a un informe elaborado por la arquitecta técnica de Bienestar Social, que señala que el ascensor del que disponía el centro para comunicar las plantas no ocupaba todo el hueco y añade que la barandilla se modificó después del accidente.

El juzgado de instrucción número 2 de Ibi abrió diligencias penales, aunque acabó por sobreseer el caso, pero para el CJC queda acreditado que no se adoptaron las suficientes medidas de seguridad para evitar el accidente y estima que si se hubieran previsto "probablemente" no se hubiera producido el fallecimiento del padre de la reclamante.

El hombre, que residía en la población vecina de Alcoi, acudía ocasionalmente los domingos al centro de mayores de Ibi a comer y a participar en el baile semanal, según la información aportada por la directora de la instalación al expediente.