Consell.- Blasco destaca que el Reglamento de Ordenación Urbanística recoge las directivas europeas en contratación

Actualizado: viernes, 19 mayo 2006 21:12

VALENCIA, 19 May. (EUROPA PRESS) -

El Consell aprobó hoy el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística de la Comunitat Valenciana, documento que unifica en una sola norma disposiciones sobre la materia y que garantiza la "plena observancia" de las directivas europeas en contratación pública, según destacó el conseller de Territorio, Rafael Blasco.

Blasco, que compareció en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell, subrayó en este sentido que el Reglamento "señala claramente los principios de transparencia y publicidad en la selección del urbanizador y del constructor".

Además, indicó que "refuerza" la igualdad de derechos en los procedimientos licitatorios, según establece el Reglamento de la Comisión Europea de septiembre de 2005. También remarcó que introduce las garantías impugnatorias y cautelares que ofrece la directiva 1989/6657, de 21 de diciembre.

El Reglamento, que cuenta con el dictamen favorable del Consell Jurídic Consultiu, garantizará "el desarrollo sostenible de la Comunitat Valenciana" y "va a aportar seguridad jurídica a los ciudadanos, a los propietarios de suelo y a un sector, el inmobiliario, de capital importancia para la Comunitat", agregó el conseller. A través del Reglamento aprobado hoy, "se ha procedido de forma inmediata a efectuar las precisiones necesarias de la ley Urbanística Valenciana, al objeto de cumplir con las necesidades urbanísticas, económicas y sociales de la Comunitat Valenciana", añadió.

Con el fin de favorecer la transparencia, se establece una "regulación pormenorizada" de los registros administrativos a los que pueden tener acceso cualquier ciudadano, y se introduce como novedad la obligación general de hacer accesible el contenido de esa información a través de Internet, facilitando la implantación y gestión de las páginas web de información urbanística de los ayuntamientos.

El nuevo Reglamento se estructura en 587 artículos y cuatro grandes bloques temáticos: principios de participación, responsabilidad y transparencia; sostenibilidad y calidad de vida; ordenación del territorio y planeamiento urbanístico y disciplina urbanística. El conseller destacó que "la participación democrática, la responsabilidad y transparencia son los principios inspiradores" del Reglamento, que también establece "los mecanismos necesarios para facilitar el acceso a la información y la participación en el proceso urbanístico a todos los ciudadanos de la Unión Europea, dando así cumplimiento a las directivas europeas".

SUELO PROTEGIDO Respecto a las medidas para favorecer la sostenibilidad y calidad de vida, el Reglamento aprobado hoy desarrolla la obtención de suelo protegido a través del mecanismo contemplado en la LOTPP. Por tanto, toda clasificación de suelo no urbanizable en suelo urbanizable exigirá la cesión gratuita a la Administración Pública de suelo no urbanizable protegido con una superficie igual a la reclasificada.

Además, se impone la obligación a los ayuntamientos de remitir anualmente una auditoría sobre el estado del urbanismo en cada término municipal.

El Reglamento desarrolla, asimismo, el Fondo de Equidad Territorial previsto en la LOTPP, un instrumento de gestión territorial que exige a los municipios con mayor consumo de recursos escasos (agua, suelo y energía) su contribución a la restauración paisajística. En este sentido, el fondo financiará actuaciones directas para la sostenibilidad y calidad de vida de los ciudadanos.

El Reglamento también establece el desarrollo de las políticas de vivienda en régimen de protección pública, recogido en la nueva ley Urbanística Valenciana, que exige a los municipios la presentación, junto con el plan general, de un estudio de necesidades de VPO en el municipio, así como una previsión de la localización de las mismas.

En cuanto a la ordenación del territorio y el planeamiento urbanístico, el Reglamento desarrolla criterios de ordenación del territorio establecidos en la LOTPP como la defensa de la ciudad compacta mediterránea, la racionalidad en el consumo de los recursos y la preservación de espacios de mayor valor ecológico entre otros.

Además se establece unos mínimos de calidad en los entornos urbanos, entre ellos la exigencia de 10 metros cuadrados de zonas verdes urbanas por habitante que figura en la Ley de Ordenación del Territorio.

En el apartado de la disciplina urbanística, el Reglamento desarrolla la protección de la legalidad urbanística y establece las medidas de protección y restauración de la legalidad y la imposición de sanciones por infracciones urbanísticas con el fin de lograr el cumplimiento de la legislación.