El Consell inicia las actuaciones para paliar los daños producidos por las últimas lluvias en la Comunitat

Remite el temporal tras dejar más de 300 l/m2 en Xbia, donde no llovía tanto desde la riada de 1957
CEDIDA
Publicado: viernes, 26 abril 2019 13:39

Los municipios afectados tendrán 45 días para presentar las estimaciones de daños, que estudiará la Oficina Única Postemergencia

   VALNCIA, 26 Abr. (EUROPA PRESS) -

   El Gobierno valenciano ha acordado este viernes iniciar las actuaciones para paliar los daños producidos por las fuertes lluvias y el temporal costero registrados en la Comunitat Valenciana entre los pasados días 18 y 22 de abril, según ha informado la vicepresidenta y portavoz del Ejecutivo autonómico, Mónica Oltra, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell.

   Oltra ha recordado que los días 18, 19, 20, 21 y 22 de abril, la Comunitat Valenciana "se vio afectada por un episodio de fuertes lluvias, de una intensidad, extensión y alcance inusitados" que llegó a dejar una precipitación acumulada "que superó los 100 litros por metro cuadrado en 24 horas en muchas localidades".

   La también consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas ha señalado que el temporal costero también afectó "a miles de ciudadanos y ciudadanas en su capacidad de transporte o en su acceso a servicios básicos", además de ocasionar "importantes daños a infraestructuras y bienes públicos".

   Mónica Oltra ha agregado que como consecuencia este episodio de lluvias y viento se han producido "cuantiosos gastos derivados de las actuaciones urgentes" que se tuvieron que poner en marcha por parte de las diferentes administraciones.

   Tras ello, ha afirmado que el Gobierno valenciano ha decidido ante esta situación "comenzar las acciones para conseguir, lo antes posible, la vuelta a la normalidad de todas las zonas de la Comunitat Valenciana que se han visto afectadas".

   Así, el acuerdo adoptado esta jornada en el pleno del Consell recoge el inicio, con carácter de urgencia, de un proceso en el que los municipios afectados, previa acreditación de haber padecido una situación extraordinaria mediante la aportación de un informe del fenómeno meteorológico, tanto en intensidad como en amplitud, pueden presentar las estimaciones de daños.

   Los ayuntamientos de estas poblaciones dispondrán de un plazo de 45 días, contados desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) para, con el apoyo de los servicios técnicos de la Generalitat y, en su caso, con el de los servicios técnicos de las diputaciones provinciales, presentar las estimaciones de daños en las infraestructuras y bienes públicos que se hayan visto afectados.

   Asimismo, los consistorios de localidades afectadas podrán presentar informe de los gastos extraordinarios que, con carácter urgente, se hubieran de efectuar como consecuencia del temporal.

RELACIÓN DE LOS DAÑOS

   Las estimaciones de daños deberán incluir una memoria valorada de dicha estimación, con la relación detallada de las infraestructuras afectadas y su localización, preferentemente cartográfica, así como declaración de que todos los daños se han producido como consecuencia del temporal descrito en este acuerdo y declaración de cualquier otra ayuda o subvención recibida o solicitada para la misma finalidad ante otros organismos públicos o privados.

   Si no ha sido así, se deberá aportar declaración en la que se indique que no se ha solicitado ni se ha recibido otra ayuda. Asimismo, se tendrá que entregar un informe de la amplitud del fenómeno meteorológico en el término municipal, con indicación de la intensidad y el valor total de lluvia acumulada.

ESTIMACIÓN ECONÓMICA

   El Gobierno valenciano ha detallado que una vez presentadas las solicitudes serán evaluadas por la Oficina Única Postemergencia, a la que corresponderá efectuar una estimación económica que se elevará a la Comisión Interdepartamental para su posterior aprobación por el Consell.

   La ejecución de las medidas que correspondan podrá llevarse a cabo a través del procedimiento de inversión directa o por medio del procedimiento de subvención, ha agregado la administración autonómica, que ha precisado que las actuaciones de inversión directa podrán realizarse mediante el encargo a medios propios.

Leer más acerca de: