El Consell manifiesta su criterio contrario a la Proposición de Ley para crear un registro de regalos a autoridades

Actualizado: miércoles, 11 abril 2012 21:34

VALENCIA, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno valenciano ha manifestado su criterio contrario a la proposición de ley de Compromís sobre la ética pública que regula el régimen de los obsequios y los registros de obsequios y atenciones protocolarias a las autoridades, funcionarios y empleados públicos de las administraciones públicas valencianas.

En la resolución, publicada en el Boletín Oficial de las Corts (BOCV), a propuesta del conseller de Hacienda y Administración Pública, José Manuel Vela, y certificada por el vicepresidente del Consell, José Císcar, el Gobierno valenciano estima que la proposición no de ley pretende regular una serie de conductas o situaciones que ya están "exhaustivamente reguladas" y, además, parte de la premisa, "totalmente errónea", de que la regulación recogida sobre la materia "es breve y puede chocar con los usos y costumbres".

Esta premisa, como punto de partida, "no se considera adecuada" porque el Código Penal contiene una "amplia previsión" de las posibles conductas que pueden dar lugar a la comisión de un delito por parte de las autoridades y funcionarios públicos que reciban o soliciten dádivas, favores, retribuciones, o acepten ofrecimientos o promesas.

Además, los usos sociales y de cortesía son "conceptos jurídicos indeteminados que se emplean precisamente para evitar la reglamentación", ya que serán objeto de concreción, en su caso, atendiendo a los valores sociales predominantes en cada momento y a las decisiones y pronunciamientos judiciales que se vayan realizando, así como a lo que se establezca en el Código Penal, cuya regulación compete al Estado.

Por otro lado, explica que el Estatuto Básico del Empleado Público establece que se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal

Asimismo, argumenta que la ley de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana "no es ajena a la necesidad de regular un código de conducta para su personal". Así, incluye un conjunto de derechos y deberes, y unas reglas deontológicas o de comportamiento que deben observarse en la prestación del servicio público y en la adecuada atención a la ciudadanía.

Dicha ley "determina claramente" las conductas vedadas a los empleados públicos: No aceptará ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada por parte de personas físicas o entidades públicas o privadas rechazando cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.

También que no influirá con su actuación en la agilización o resolución de trámites o procedimientos administrativos sin que exista justificación adecuada y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros.

SIN MEMORIA ECONÓMICA

Por otro lado, señala que la aplicación de lo dispuesto en la Proposición de Ley "puede comportar un incremento de gasto en el ejercicio de inicio de su eficacia o en ejercicios posteriores, y no va acompañada de memoria económica en la que se cuantifiquen los posibles costes, ni se identifiquen las fuentes de financiación de los mismos".