Economía dice que carece de fundamento la enmienda del PSPV a los presupuestos sobre deducción para madres trabajadoras

Actualizado: martes, 14 noviembre 2006 20:21

VALENCIA, 14 Nov. (EUROPA PRESS) -

La conselleria de Economía, Hacienda y Empleo afirmó hoy que "carece de fundamento" la enmienda presentada por el PSPV a la ley de Acompañamiento a los Presupuestos de la Generalitat para 2007 en la que se exige que los requisitos de acceso a la deducción de 400 euros para madres trabajadoras estén en consonancia con los vigentes en la legislación nacional, según informaron fuentes de la Generalitat.

En este sentido, señalaron que "sorprende esta afirmación porque la normativa estatal que regula la deducción por maternidad, ni en su redacción inicial ni en la recientemente aprobada en el seno de la reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), contempla dicho límite, y sí establece el de las cotizaciones sociales que se hubieran devengado a la Seguridad Social".

Así, precisaron que, según establece el artículo 81.2 de la Ley del IRPF y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, "la deducción tendrá como límite para cada hijo las cotizaciones y cuotas totales a la seguridad social y mutualidades devengadas en cada período impositivo con posterioridad al nacimiento o la adopción", aseveraron las citadas fuentes.

"Este requisito --añadieron-- fue establecido también por la deducción autonómica, dentro de la necesaria armonización con la imposición estatal, como una medida que extiende por dos años más el disfrute de la deducción establecida por el Estado, intensificando el efecto logrado por la aplicación conjunta de dichos beneficios fiscales, y buscando así, en la medida de lo posible, que las madres que vinieran disfrutando de esta deducción vieran extendido el periodo de disfrute de la misma durante los dos años siguientes de vida de sus hijos".

Asimismo, se incluyen en el texto de la norma autonómica determinadas prescripciones que facilitan el cumplimiento de los requisitos de cotización exigidos. En este sentido, se entiende que se ha estado de alta durante todo un mes en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad de carácter alternativo con tan sólo cotizar un día del mes.

También señalaron que las cuotas devengadas a la Seguridad Social se computan por los importes íntegros, sin tener en cuenta los casos en los que hayan sido efectivamente inferiores por el disfrute por la madre de algún tipo de bonificaciones, y el límite se computa por hijo, es decir, "bastará cotizar 400 euros para percibir una deducción de 800 euros, en el caso de que se tengan dos hijos de cuatro y cinco años".

Por otra parte, destacaron que la actual medida vigente en España que contempla ayudas para las madres trabajadoras con hijos de 0 a 3 años fue introducida por el gobierno del Partido Popular. Según la conselleria de Economía, "parece que al actual Gobierno le debió parecer una medida muy acertada ya que ha decidido mantenerla y no la ha modificado en su reforma fiscal".

También insistieron en que la deducción que ofrece la Generalitat a las madres trabajadoras con hijos de 4 y 5 años viene a complementar la medida estatal y a prolongar en el tiempo las medidas para conciliar la vida familiar y laboral.

"La medida de la Generalitat --recordaron-- contempla una deducción de 400 euros anuales para las madres trabajadoras con hijos de 4 y 5 año. Esta deducción supondrá un ahorro de 10 millones de euros anuales y beneficiará a 50.000 mujeres", concluyeron las mencionadas fuentes.