Educación comenzará a negociar antes de Navidad la orden que permitirá implantar la jornada continua

Actualizado: domingo, 7 diciembre 2014 1:28

VALENCIA, 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte presentará antes de Navidad el borrador de la orden que desarrollará el Decreto por el que se regula el calendario y la jornada escolar de los centros docentes de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas no universitarias y que, entre otras cosas, permitirá que se implante la jornada continua en aquellos centros donde lo acepten la mayoría de las familias y cumplan una serie de requisitos.

El departamento que dirige María José Català negociará tras la aprobación del Decreto --cuyo borrador ha pasado este miércoles por Mesa Técnica-- con toda la comunidad educativa la regulación de la jornada continua, dado que con la nueva norma se abre la puerta a este tipo de jornada, pese a que con carácter general seguirá siendo dividida en dos periodos de sesiones.

Lo establecido en el Decreto acerca de la jornada escolar tan sólo será de aplicación a los centros sostenidos con fondos públicos, sin embargo lo que respecta al calendario será aplicable tanto a los centros docentes sostenidos con fondos públicos como a los centros privados en los que se imparten enseñanzas del sistema educativo no universitario.

El Decreto abre la posibilidad de que aquellos centros sostenidos con fondos públicos que lo deseen y cumplan con las condiciones que serán establecidas en la orden de desarrollo de la jornada continua puedan implantarla. Se trata de atender una reivindicación de organizaciones sindicales y dar continuidad a la experimentalidad del programa de jornada continua que se ha desarrollado durante los cursos 2013-14 y 2014-15.

No obstante, desde la Conselleria recalcan que se exigirá que una amplia mayoría de los padres de los niños escolarizados en el centro --incluso, se prevé incrementar los porcentajes que se han exigido para su aplicación experimental-- estén de acuerdo con la implantación de este tipo de jornada escolar.

COMEDOR Y TRANSPORTE

Además, entre las obligaciones que se exigirán a los centros que finalmente implanten la jornada continua estará ofertar el servicio de comedor y transporte escolar y, en todo caso, posibilitar la permanencia del alumnado en sus instalaciones, debidamente atendido, en la misma franja horaria diaria que en horario partido, es decir hasta las cinco.

Asimismo se requerirá que la oferta de actividades complementarias que el centro oferte en esta franja horaria tengan carácter gratuito y voluntario para las familias.

ACTIVIDADES EN DÍAS NO LECTIVOS

Por otra parte, el borrador de Decreto establece también la posibilidad de que los centros docentes, en el ejercicio de su autonomía, puedan adoptar experimentaciones, planes de trabajo y desarrollo de programas dirigidos a la potenciación del éxito escolar en determinados días declarados no lectivos, o como actividades de complemento curricular en días lectivos.

En ningún caso estas actividades podrán suponer que las familias tengan que realizar aportación alguna en los centros sostenidos con fondos públicos, es decir que deberán ser totalmente gratuitas para las familias.

El Decreto establece que con carácter general la jornada escolar diaria en las enseñanzas de educación Infantil, Primaria y educación Especial se dividirá en seis sesiones lectivas diarias, y la jornada escolar de Educación Secundaria Obligatoria comprenderá 8 sesiones diarias. La distribución de estas sesiones también será objeto de una posterior regulación normativa.

Del mismo modo, hace referencia al horario lectivo de los centros que imparten enseñanzas artísticas profesionales y señala que éste debe permitir que el alumnado pueda cursar simultáneamente estas enseñanzas con las de régimen general.

En cuanto al Calendario escolar el borrador de Decreto establece un mínimo de 175 días lectivos, en los centros que impartan enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Especial, tal y como establece la normativa básica estatal.

Por lo que se refiere a los centros que impartan Bachillerato, Formación Profesional o enseñanzas de Régimen Especial, los días lectivos se determinarán para garantizar el número de horas lectivas establecidas en los Reales Decretos por los que se aprueban los respectivos títulos y se establecen los currículos.

Sobre esta cuestión, el Sindicat de Treballadores i Treballadors de l'Ensenyament del País Valencià (STEPV) ha exigido la negociación de la orden de jornada continua, ya que, según ha criticado, "la Conselleria hace negociar el mismo decreto de hace dos años, pero no la orden que la desarrolla". STEPV ha exigido en la Mesa Técnica "la negociación de la orden de manera inmediata y que dejan de frustrar las expectativas del profesorado y de los centros".

Igualmente, ha pedido la eliminación del artículo 7 del decreto, que establece que en determinados días no lectivos se podrán realizar actividades para potenciar el éxito escolar, sin especificar que tienen que ser de carácter voluntario para el profesorado porque "deja la puerta abierta a convertir el mes de julio en mes lectivo, en la práctica".

La Federació d'Ensenyament de CCOO (FE CCOO PV) ha apostado por "participación y consenso para cambiar el modelo de jornada escolar" que combine "la garantía de que no se perderán servicios complementarios esenciales para una educación equitativa de calidad con la asunción, por parte de la administración de los gastos por actividades no lectivas planteada por las tardes".

Por su lado, CSI·F ha pedido a la Conselleria que presente con rapidez una orden que permita desarrollar la jornada continua y ha lamentado que esa orden no acompañe al decreto. En la misma reunión, la central sindical ha pedido establecer las fechas de las vacaciones escolares, personal administrativo en Infantil y Primaria y se ha opuesto a sesiones de 45 minutos.

También ha expresado críticas ANPE, que, acerca de la jornada continua, ha considerado que el decreto que propone la administración "no garantiza que la jornada continua sea una realidad para todos los centros si no hay una decisión firme de regularla en normativa específica de jornada escolar.

Respecto al calendario escolar, ha advertido de que en el Artículo 7 del decreto se recoge un concepto nuevo: "días no lectivos de complemento curricular" en el que se incluyen las actividades referentes a experimentaciones, planes de trabajo y desarrollo de programas dirigidos a potenciar el éxito escolar que se desarrollen en días no lectivos. ANPE exige que la participación del profesorado en todas las actividades lectivas fuera del tiempo lectivo sea totalmente voluntaria, al igual que lo son para el alumnado y para el centro.

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