EU recurre la providencia del juez en la que rechaza imputar a Castedo, Alperi y Ortiz por el 'caso Rabassa'

Actualizado: domingo, 5 julio 2015 16:36

ALICANTE, 5 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Grupo Municipal de Esquerra Unida ha presentado un recurso de reforma contra la providencia del juez instructor de la pieza del 'caso Brugal' relacionada con un presunto amaño del Plan Rabassa en la que rechaza tomar declaración como imputados a la alcaldesa de Alicante, Sonia Castedo, al ex primer edil de la ciudad, Luis Díaz Alperi, y al constructor Enrique Ortiz.

Según este escrito, "los indicios delictivos sobre los acusados son, no ya suficientes, sino vehementes y justifican sobradamente su citación como imputados". Expone, como motivación del recurso, tres informes policiales --de un total de 14-- que reproducen las conversaciones entre la primera edil del consistorio alicantino y Enrique Ortiz, o entre este y Díaz Alperi, relacionadas con un presunto amaño del Plan Rabassa.

En el recurso, además de la citación como imputados de Castedo, Alperi y Ortiz, se solicita que el juez llame a declarar al gerente de Urbanismo, Enrique Sanus, a una funcionaria de esta área, a la presidenta de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), María Ángeles Ureña, y "a dos altos cargos de carreteras del Ministerio de Fomento".

Asimismo, se pide una comparecencia como testigos al dirigente del PSOE local Ángel Franco, a tres funcionarios locales, tres personas vinculadas laboralmente con Ortiz, otras dos relacionadas con Ikea y el expresidente de la CHJ, Juan José Moragues.

En un comunicado, el portavoz municipal de EU, Miguel Ángel Pavón, ha explicado que su recurso "rebate esa supuesta falta de indicios y considera que existen indicios más que suficientes no sólo para llamar a declarar como imputados a las ocho personas contra las que se dirige la denuncia, sino también para llamar a declarar como testigos a diez personas más".

Pavón ha defendido que "la espera de nueva documentación de la UDEF no debe impedir tomar declaración a imputados y testigos" y ha manifestado que "no resultan de recibo dilaciones innecesarias" en un procedimiento "que avanza con demasiada lentitud". A este respecto, el recurso ha invocado el artículo 24.2 de la Constitución, que garantiza "el derecho fundamental a un juicio sin dilaciones indebidas".

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