Fiscalía pide archivar la causa de la construcción del circuito de F1 de València por prescripción

AMP.- Camps se querellará contra la jueza al atribuirle su procesamiento por la F1 a una "razón estrictamente política"
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 17 mayo 2019 15:57

   VALÈNCIA, 17 (EUROPA PRESS)

   La Fiscalía Anticorrupción de València ha solicitado el sobreseimiento por prescripción de la causa por la construcción del circuito urbano de la Fórmula 1 en València, en la que se encuentra procesado el expresidente de la Generalitat Francisco Camps, según consta en el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press.

   El ministerio público considera que la posible prevaricación en la que basaba su acusación, en caso de ser constitutiva de delito, estaría prescrita.

   En el escrito, el fiscal anticorrupción destaca que en la documentación obtenida en una de las empresas adjudicatarias se encontraron actas de reuniones de trabajo celebradas "con anterioridad a la firma de los contratos".

   Sin embargo, expone que el informe emitido por la Intervención de la Generalitat sostiene que "no se ha especificado por el juzgado motivo o hecho causante del posible perjuicio económico para la Generalitat" en estas adjudicaciones". Este órgano de control señala que no dispone de "criterio técnico" para valorar que los importes de los presupuestos base de licitación y los precios de contratos analizados "sean adecuados al mercado en el momento en que se licitaron".

   Por tanto, la Intervención "se ha limitado a comprobar la regularidad de los pagos y su contabilización en el ente correspondiente", sin que "en ningún caso, al no existir informe elaborado por peritos ingenieros se ponga en cuestión si la obra ha sido realizada, si hubo sobrecostes en la misma, si se desvió dinero para otras finalidades, si eran ajustadas técnicamente las modificaciones".

   De este modo, el informe concluye que no existe "perjuicio económico  alguno evaluable". "Como tampoco lo hace el auto de procedimiento abreviado, en el que no se observa una cuantificación de los fondos presuntamente malversados", entre otras razones, porque "como indica la Intervención no se les ha proporcionado ni facturas ni los justificantes de pago".

   Por tanto, el fiscal anticorrupción concluye que no dispone "de elementos de prueba suficientes que permitan calificar los hechos, al menos a nivel de indicios, como un delito continuado de malversación de caudales públicos".

SÍ VE UNA PRESUNTA PREVARICACIÓN

   En cuanto al delito de prevaricación, apunta el documento que la Intervención sí detectó "irregularidades" en la tramitación de algunos contratos, pero estas "no pueden sustentar ilícitos de carácter penal". Además, indica que el informe constata que el expresidente de la Generalitat tenía "competencias legales" para firmar los contratos en los que intervino.

   Sin embargo, el fiscal se refiere a tres contratos adjudicados a la UTE Typsa-Ayesa, sobre los que dice que "la investigación policial posterior puso de manifiesto la existencia de indicios suficientes para considerar que las adjudicaciones a dichas empresas se encontraba predeterminada o amañada". En este sentido, destaca que "los hechos relatados revisten presuntamente las características de un delito continuado de prevaricación".

   Pese a ello, el representante de la acusación pública explica que el plazo de prescripción de este delito es de diez años y el proceso arrancó el 28 de septiembre del año 2007, con lo que estima prescrita la infracción penal el 27 de septiembre de 2017. En ese periodo de tiempo, añade, no se ha dictado "ninguna resolución judicial con aptitud suficiente para interrumpir la prescripción". El fiscal "ya advirtió de dicha circunstancia" en un informe, subraya.

   "En consecuencia --sigue el escrito--, pese a que inicialmente había indicios de la presunta comisión de un delito continuado de malversación de caudales públicos en su modalidad agravada, descartada la existencia de esta infracción penal y centrándonos en el delito de prevaricación administrativa continuado, que es el único delito cuya comisión se puede atribuir a los investigados que participaron, directa o indirectamente, en la adjudicación de los tres contratos, debe procederse al archivo del procedimiento por encontrarse prescrito en el momento de la incoación del procedimiento".

   Añade, finalmente, que en el primero de los contratos adjudicados, "el cual enmascaraba la realización de unos trabajos dirigidos a analizar la viabilidad de la construcción del circuito", se abonaron "con fondos públicos unos trabajos ajenos al fin al que estaban afectos". Este contrato, de 184.320 euros, no alcanza una cuantía que en caso de haber sido desviada "permita aplicar la modalidad agravada del delito de malversación", que sí esquivaría la prescripción.

RICARDO COSTA

   El escrito también hace referencia a la testifical del ex secretario general del Partido Popular de la Comunitat Valenciana (PPCV) quien --"con ánimo de colaborar en la investigación de los hechos delictivos en los que pudiera estar implicado el PP", resalta el fiscal-- explicó ante la Fiscalía Anticorrupción que "había recibido dinero en metálico de algunos empresarios que habían resultado adjudicatarios de diversos contratos de administraciones gobernadas por el PP, donaciones que fueron empleadas para hacer frente a los gastos electorales de las campañas del PP los años 2007 y 2008".

   Sin embargo, recuerda el fiscal que Costa, al ser preguntado sobre la construcción del circuito de F1 afirmó "no saber nada" del mismo y "dijo conocer algunos datos por las noticias publicadas en la prensa".

CAMPS BUSCÓ "RÉDITO POLÍTICO Y PERSONAL", SEGÚN LA JUEZA

   La titular del Juzgado de Instrucción número 17 de València, en un auto de principios del mes de mayo, decidió procesar a Francisco Camps; al que fuera su vicepresidente Vicente Rambla; al exconseller de Infraestructuras Mario Flores y a cargos del Ente Gestor de la Red de Transporte y Puertos de la Generalitat (GTP) y empresarios. La magistrada sostenía en esta resolución que Camps "capitaneó" al resto de procesados para obtener un "rédito político y personal" como "máxime artífice" de un evento de interés mundial.

   Sobre el exjefe del Consell, la jueza sostenía en el auto que "ideó, planificó, impulsó y dirigió" la construcción del circuito --"con la única intención de proyectar su imagen"-- "al margen de las funciones propias" de su competencia de presidente; de la legislación y "utilizando indebidamente los fondos públicos, alterando datos y fechas en documentos de expedientes administrativos, dándose trato de favor a determinadas empresas que resultaban beneficiadas de adjudicaciones públicas por donaciones y entregas de dinero no hechas de modo altruista, sino con carácter finalista, para obtener como contrapartida adjudicaciones irregulares".

   La jueza defendía en su escrito que las diligencias practicadas revelan indicios "suficientes, sólidos, razonables y consistentes" contra Camps por prevaricación, malversación y falsedad documental; cohecho y/o tráfico de influencias. Ahora el fiscal anticorrupción solicita el archivo del procedimiento y será la acusación particular, la Generalitat, la que deberá pronunciarse.

VALMOR

   En lo relativo a las investigaciones alrededor del Gran Premio de F1 que se celebró en València, el Juzgado de Instrucción número 2 ya acordó el pasado mes de diciembre el sobreseimiento provisional de la causa abierta al expresidente de la Generalitat relativa a las negociaciones para la organización de la carrera a través de Valmor Sports SL y la posterior absorción de esta sociedad por parte de la empresa pública Circuito del Motor.

   Por tanto, en caso de archivarse la causa relativa a la construcción del circuito, sería la segunda pieza que acaba en sobreseimiento para Camps. Queda, sin embargo, otra investigación abierta también en el Juzgado de Instrucción 2 de la capital valenciana.

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