Generalitat afirma que la Ley Estatal del Ruido "entra en contradicción" con la normativa autonómica

Actualizado: jueves, 14 septiembre 2006 22:50

VALENCIA, 14 Sep. (EUROPA PRESS) -

El director general de Calidad Ambiental, Jorge Lamparero, aseguró hoy que la Comunitat Valenciana "ya cuenta, desde 2002, con una normativa específica sobre el ruido, la Ley de Protección contra la Contaminación Acústica, y con tres decretos que la desarrollan", por lo que aseguró no entender que el Gobierno central "pretenda ahora reglamentar el ruido con una ley estatal que, además, copia la mayoría de aspectos regulados por la norma autonómica y entra en contradicción con otros", informaron fuentes de la Generalitat.

Lamparero hizo estas declaraciones en la reunión de directores generales de Calidad Ambiental de las comunidades autónomas congregados en Granada por el Ministerio de Medio Ambiente, en la que remarcó que "es ahora cuando el Gobierno está tramitando el proyecto de Real Decreto por que se completará el desarrollo de la Ley del Ruido".

Según explicaron las citadas fuentes, este reglamento "no se limita a regular aspectos básicos, como en él se indica, sino que pretende fijar, límites de emisión e inmisión, índices de medición, objetivos de calidad acústica, criterios de zonificación acústica y zonas de servidumbre, así como procedimientos y métodos de evaluación de la contaminación acústica", indicaron.

En este punto, el director general de Calidad Ambiental consideró que "incluso llega a copiar aspectos regulados en nuestra normativa, fijando los mismos límites de emisión sonora de los vehículos a motor que los que se establecen en uno de nuestros decretos, aunque omiten aspectos tan importantes como la regulación del procedimiento de medida del ruido generado por los vehículos", aseveró "No hay que olvidar --añadió-- que la problemática del ruido, por su propia naturaleza, tiene un carácter local. De ahí que la respuesta pública deba venir fundamentalmente del ámbito de actuación de las administraciones locales y autonómicas, que realmente son las que conocen de primera mano la realidad de su territorio", subrayó.

Al respecto incidió en que "está claro que la problemática del ruido de un pueblo costero no será la misma que la de uno del interior del estado. Por eso consideramos que el reglamento estatal puede incurrir en contradicciones con las normativas autonómicas", apostilló.

Por ello, Lamparero estimó que "el desarrollo reglamentario de la ley del Ruido debería limitarse a fijar con carácter básico aquellos artículos que expresamente lo requieren, es decir, los derivados de las Directivas europeas, y el resto de aspectos se deberían regular con carácter subsidiario para aquellas comunidades que no dispongan de legislación propia en la materia", señaló.

Asimismo, apuntó que la Protección contra la Contaminación Acústica de la Comunitat "es una norma muy completa que ha sido desarrollada con tres decretos: el decreto por el que se establecen normas de control del ruido producido por los vehículos a motor; así como el decreto que establece el control del ruido generado por las actividades y las normas para la corrección y prevención de la contaminación acústica, en relación con las actividades, instalaciones, edificaciones, obras y servicios".

Finalmente, el director general de Calidad Ambiental indicó que el tercero de ellos es un "decreto de planificación y gestión en materia de contaminación acústica, que detalla los procedimientos de elaboración y adaptación de los instrumentos de Planificación y Gestión acústica establecidos en la Ley: Plan Acústico de Acción Autonómica, Planes Acústicos Municipales, Ordenanzas Municipales y Declaración de Zonas Acústicamente Saturadas", concluyeron.