La Generalitat ejercerá la acción popular en los casos de violencia machista de Ondara y Utiel

Actualizado: viernes, 11 septiembre 2009 15:41

VALENCIA, 11 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Consell autorizó hoy a la Abogacía General de la Generalitat para ejercitar ante la jurisdicción competente la acción popular en los casos relacionados con los dos últimos asesinatos presuntamente vinculados con la violencia machista ocurridos en Ondara (Alicante) y Utiel (Valencia), según informó la portavoz del Gobierno valenciano, Paula Sánchez de León, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Ejecutivo.

En el primer caso, los hechos se remontan al pasado 6 de septiembre de 2009, cuando una mujer fue hallada muerta en Ondara como consecuencia de hechos delictivos presuntamente cometidos por violencia machista. El conocimiento e instrucción del procedimiento ha correspondido de forma provisional al juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Dénia.

En el caso de la fallecida en Utiel, presuntamente a manos de su marido, guardia civil, los hechos ocurrieron el pasado lunes 7 de septiembre y de su conocimiento e instrucción se ocupa el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Requena.

La también consellera de Justicia y Administraciones Públicas señaló que estos dos últimos fallecimientos ocurridos en la Comunitat demuestran que el problema de la violencia sobre las mujeres "es una lacra social que no nos abandona" y que cualquier medida que se adopte desde la Administración "es poca".

Afirmó que la denuncia "es un paso necesario" para poder "atajar" este problema y, al respecto, lamentó que ninguna de las dos víctimas hubiera presentado una contra su agresor. Destacó que desde el año pasado han aumentado en un 2,5 por ciento las mujeres que denuncian después de acudir a un centro Mujer 24 Horas de la Generalitat.

Para el Consell, estos sucesos no sólo constituyen casos de violencia sobre la mujer, sino que también son un problema de ámbito social público de interés general, que obliga a los poderes públicos a actuar de una manera activa, con el objetivo de lograr la plena erradicación de los malos tratos.

El Gobierno valenciano recuerda que la Ley 9/2003 de la Generalitat para la Igualdad entre Mujeres y Hombres dispone en su artículo 36 que la Conselleria con competencias en materia de mujer podrá proponer al Consell de la Generalitat el ejercicio de la acción popular, a través del Gabinete Jurídico de la Generalitat o de abogados colegiados, en los supuestos de agresiones físicas domésticas en los que se cause la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunitat Valenciana.

Por su parte, según el Decreto 122/2007 del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, corresponde a ésta ejercer, entre otras, las competencias en materia de "prevención y erradicación de la violencia, con especial atención a la ejercida sobre la mujer".

La Ley 10/2005 de Asistencia Jurídica de la Generalitat dispone que corresponde a los abogados de la Generalitat integrados en la Abogacía General la representación y defensa en juicio de la Generalitat.

Asimismo, de acuerdo con esta ley, los abogados de la Generalitat no pueden iniciar acción alguna en nombre de la Generalitat sin estar previamente autorizados a ello por la autoridad competente, y es el Consell una de las autoridades competentes para otorgar las autorizaciones.