Gobernación tramita 670 sanciones a establecimientos públicos de la Comunitat entre enero y septiembre de este año

Actualizado: lunes, 11 octubre 2010 12:56

VALENCIA, 11 Oct. (EUROPA PRESS) -

La conselleria de Gobernación ha abierto 670 expedientes sancionadores a establecimientos públicos de la Comunitat Valenciana, entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2010, según ha afirmado el secretario autonómico de Gobernación, Luis Ibáñez.

Ibáñez ha especificado que, en aplicación de la Ley 4/2003 de Espectáculos y Establecimientos Públicos de la Generalitat, del total de sanciones registradas en lo que va de año en las tres provincias de la Comunitat, 46 son muy graves y 624 han sido catalogadas como graves.

El secretario autonómico ha destacado que para la Generalitat "es prioritario velar por la seguridad y el bienestar de los usuarios de los establecimientos públicos y con la aplicación rigurosa de esta ley lo que se persigue es que todos los establecimientos cumplan con la normativa porque en ningún momento se debe poner en riesgo a los ciudadanos y se debe buscar el equilibrio entre el derecho al ocio y también al descanso".

ESPECTACULOS SIN LICENCIA

Las sanciones más abundantes están tipificadas como graves, en concreto, la infracción más numerosa ha sido la de celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas sin la correspondiente licencia o autorización, con 163 sanciones; 152 por incumplir el horario de apertura y cierre; 134 por carecer de seguro; seguida por el incumplimiento de las condiciones de seguridad y sanidad que determina la ley, un caso que se repite en 76 ocasiones;

La utilización de medios sonoros o audiovisuales sin contar con la preceptiva autorización ha sido la causa de la sanción en 43 ocasiones y un total de 13 locales han sido sancionados por la admisión o participación de menores en establecimientos donde tengan prohibida su entrada, mientras que en 11 ocasiones se ha expedido sanciones por la venta o suministro de bebidas alcohólicas o actividades recreativas sin la correspondiente autorización.

Además, 10 locales han cometido infracciones por el exceso de aforo permitido, cuando no suponga un grave riesgo para la seguridad de las personas y bienes y 6 por dedicar su establecimiento a otras actividades distintas para las que estuviesen autorizados, ha apuntado el secretario autonómico de Gobernación.

Respecto a las sanciones catalogadas como muy graves, Ibáñez ha concretado que en su mayoría "se deben al incumplimiento tanto de las resoluciones de prohibición de espectáculos o actividades recreativas como de las medidas de evacuación de las personas que disminuyan gravemente el grado de seguridad exigible para las personas y bienes así como la reapertura de establecimientos afectados por clausura o suspensión mientras perdure la vigencia de las medidas pertinentes u otro tipo de circunstancia que entrañe riesgo grave para las personas".

Por provincias, en la de Valencia se han cometido hasta 330 infracciones durante los nueve primeros meses de este año. En este caso, 35 fueron muy graves y 295 graves. Entre las graves, un total de 80 se originaron por no contar con el seguro exigido por la ley,78 por carecer de la licencia correspondiente, 48 por el incumplimiento de no ceñirse al horario de apertura y cierre y 35 por incumplir las condiciones de seguridad y sanidad.

En el caso de la provincia de Alicante corresponden 209 sanciones, de las que 204 son graves y 5 muy graves. En esta provincia, el incumplimiento del horario de apertura y cierre, con 79 infracciones, así como el carecer de la licencia correspondiente con 36 casos, incumplir las condiciones de seguridad y sanidad -29 sanciones-, y carecer de seguro -25 locales sancionados por este motivo- son las causas más tramitadas

En cuanto a la provincia de Castellón, la conselleria de Gobernación ha sancionado en 131 ocasiones; 6 muy graves y 125 tipificadas como graves. En el caso de los establecimientos públicos de la provincia castellonense, la infracción más repetida es la de la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas, sin la correspondiente licencia o autorización -49 establecimientos-, seguida por carecer de seguros exigidos por la ley -29-, por incumplimiento del horario de apertura y cierre -25- y por incumplir las condiciones de seguridad y sanidad -12 sanciones-.

La Ley de Espectáculos establece que las infracciones pueden ser sancionadas con una multa de hasta 600 euros si son leves; las graves podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 601 a 30.000 euros y acumulativamente hasta 300.000 euros, con suspensión o prohibición de la actividad por un período máximo de seis meses, la clausura del local por un período máximo de seis meses o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un período máximo de seis meses.

En cuanto a las faltas muy graves, éstas podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 30.001 a 60.000 euros y acumulativamente hasta 600.000 euros, clausura del local o establecimiento por un período máximo de tres años y acumulativamente hasta 10 años, la suspensión o prohibición de la actividad hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas, hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años.