El juez procesa a tres exresponsables de la empresa Notec por supuesto delito contra la Hacienda Pública

Actualizado: domingo, 5 julio 2015 18:24

VALENCIA, 4 Sep. (EUROPA PRESS) -

El titular del juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, Vicente Ríos, ha acordado procesar a tres exresponsables de la empresa de tratamiento de lodos Notec por un presunto delito contra la Hacienda Pública en el pago del impuesto de sociedades en 2008, con una cuota defraudada de 251.847 euros, según el auto que pone fin a la instrucción de esta pieza separada del caso Emarsa.

En el auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el magistrado acuerda, ante los indicios racionales de la comisión por parte de los imputados del citado delito, proseguir con el procedimiento contra los empresarios Vicente Ros Bartual y José Luis Sena --quienes fueron consejeros delegados de la empresa--, y contra Enrique Sena --que fue presidente del Consejo de Administración--.

Asimismo, acuerda expedir las requisitorias precisas para la busca, detención y personación en el juzgado del empresario huido Jorge Ignacio Roca Samper, uno de los considerados presuntos cabecillas de la trama, propietario de cuatro mercantiles que se cree que formaban una estructura organizada de facturación irregular para Emarsa.

Según el juez, el fraude detectado por la inspección tributaria consiste, "en síntesis, en que el obligado tributario presentó la declaración del impuesto falseada, al deducir gastos que no corresponden a operaciones reales" para "eludir el pago de la cuota impositiva que le correspondía satisfacer".

Agrega que las actuaciones de investigación "ponen de manifiesto la existencia de indicios de los que se deduce la presunta falsedad de las facturas recibidas de determinados proveedores y el carácter ficticio de los gastos en ellas consignados".

En cuanto a los gastos relativos a las empresas vinculadas a los socios de Notec (hoy Argan), considera el magistrado en el auto que "se trata de dar la apariencia de gasto deductible a lo que realmente es un reparto de beneficios obtenidos como consecuencia de las relaciones comerciales" con Emarsa.

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