Los macrofestivales tendrán que tener un servicio específico de admisión y sistemas de conteo de asistentes

Concierto en el FIB 2018
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Actualizado: viernes, 7 septiembre 2018 14:19

VALÈNCIA, 7 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los grandes eventos que se celebren en la Comunitat, concretamente aquellos que se celebren al aire libre, como los macrofestivales, tendrán que tener un servicio específico de admisión y un mayor control del aforo para incrementar la seguridad y conocer en todo momento el número de personas que se encuentran en el interior, así como poder controlar el flujo de entradas y salidas.

Así lo ha acordado el pleno del Consell, que incrementa así las exigencias de seguridad en grandes festivales y eventos que se celebran en territorio valenciano como el FIB, el Medusa Festival o el Arenal Sound, que congregan cada año a miles de personas, ha explicado la vicepresidenta, Mónica Oltra.

Estos cambios en la regulación se hacen efectivos con la aprobación del decreto por el que se modifican los artículos 133 y 185 del Decreto 143/2015, por el que se desarrolla la Ley de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

Por lo que respecta al artículo 133, a partir de ahora las actividades extraordinarias y los actos celebrados en espacios abiertos donde se supere el aforo de 500 personas deberán incorporar un servicio específico de admisión, con puertas y áreas de acceso concretas que faciliten y organicen la entrada a los recintos.

El artículo 185, por su parte, se refiere al control del aforo máximo en los recintos donde se celebren dichos eventos, abiertos a pública concurrencia. En este caso, cuando la aglomeración prevista supere las 2.000 personas, los controles pasan a realizarse de manera obligatoria a través de sistemas de conteo y control de afluencia.

Por último, también se modifica el artículo 230 del mencionado decreto, referente a las medidas de los vestuarios en instalaciones deportivas que, hasta el momento, presentaban a menudo dimensiones desproporcionadas respecto a la superficie global del recinto.

Así, las dimensiones mínimas exigibles de los vestuarios serán, desde ahora, de 40 metros cuadrados en instalaciones con 100 metros cuadrados de espacio útil y de 25 metros cuadrados por vestuario si el aforo total supera las 50 personas.