¿Me cubre el seguro los daños del temporal? Estas son algunas recomendaciones para los afectados

Desperfects causados por la DANA (septiembre 2019) en Almoradí (Alicante)
Desperfects causados por la DANA (septiembre 2019) en Almoradí (Alicante) - AYUNTAMIENTO ALMORADÍ
Publicado: martes, 17 septiembre 2019 13:25

   VALNCIA, 17 Sep. (EUROPA PRESS) -

   La Asociación valenciana de consumidores y usuarios (Avacu) ha lanzado varios consejos que intentan dar respuesta a algunas de las principales preguntas de los afectados por la DANA que ha causado importantísimos daños en parte de la Comunitat Valenciana. Entre las recomendaciones, la entidad insta a revisar las condiciones del seguro y presentar la reclamación "lo antes posible".

   ¿ME CUBRE EL SEGURO LOS DAÑOS PROVOCADOS POR EL TEMPORAL? En caso de tener un seguro contratado, habría que revisar las condiciones de la póliza y comprobar si están cubiertos los desperfectos originados por desastres naturales.

   Si no están cubiertos, hay que reclamarlos al Consorcio de Compensación de Seguros, responsable en España de dar cobertura a todos aquellos daños ocasionados como consecuencia de riesgos extraordinarios, como temporales e inundaciones.

   Para ello, la póliza ha de estar al corriente de pago y cubrir, por lo menos, alguno de los riesgos más habituales, como pueden ser robos, incendios o roturas de cristales.

   ¿QUÉ DAÑOS CUBRE EN LA VIVIENDA? La indemnización que corresponda, explican desde la asociación, va a depender de las condiciones contratadas con el seguro propio (el capital asegurado, los bienes asegurados, las cláusulas de la póliza...), así como de la valoración que haga el perito del Consorcio.

   En cuanto a los daños en el vehículo, para que el Consorcio se haga cargo no basta con tener el Seguro Obligatorio del Automóvil y daños a terceros (en los cuales no se abona el cargo correspondiente a riesgos extraordinarios, como es el caso), sino que se ha de tener contratada alguna cobertura de daños propios, como son a todo riesgo, robo o incendio.

   Asimismo, las pólizas de automóviles suscritas a partir de julio de 2016 que cubren únicamente la responsabilidad civil también están cubiertas por riesgos extraordinarios.

   ¿HAY QUE ESPERAR A REPARAR LOS DAÑOS O SE PUEDE HACER YA? Avacu apunta que es aconsejable esperar a reparar los daños sufridos hasta que pase el perito tasador, siempre que sea posible. En caso de que fuera necesario reparar los desperfectos antes de la visita del perito, aconseja hacer fotos de los mismos.

   ¿CUÁLES SON LOS PLAZOS PARA RECLAMAR? La asociación de consumidores señala que es recomendable presentar la reclamación lo antes posible, tanto a la compañía, en caso de que cubra esta contingencia, o bien a través de la página web del Consorcio o telefónicamente (www.consorseguros.es), indicando todos aquellos datos identificativos de su póliza, el tomador, el asegurado, el riesgo dañado y el número de cuenta para hacer la transferencia del importe de la indemnización.

   Si bien la ley establece un plazo de siete días, pasado este tiempo el mismo Consorcio indica que seguirá aceptando las reclamaciones recibidas, aunque el periodo para cobrar las indemnizaciones sufrirá, consecuentemente, un retraso en su tramitación.

   ¿QUÉ PASA SI NO TENGO SEGURO? Si el afectado no tiene seguro, especifica Avacu, Consorcio de Compensación de Seguros no cubriría los daños ocasionados a su vivienda o vehículo. Habría que esperar a que la zona se declarara como "zona catastrófica" y que la Administración estableciera un plan de ayuda para los afectados.

   Ante cualquier consulta, Avacu invita a ponerse en contacto con ellos a través del correo electrónico avacu@avacu.es o en el teléfono 96 351 66 44.