El presunto hijo valenciano de Julio Iglesias se somete a la prueba de ADN con su expadrastro pedida por el juzgado

Julio iglesias
JULIO IGLESIAS - Archivo
Publicado: jueves, 14 febrero 2019 15:31

VALNCIA, 14 Feb. (EUROPA PRESS) -

El valenciano Javier Sánchez, que reclama ser reconocido como hijo del cantante Julio Iglesias, se ha sometido este jueves a una prueba de ADN con su expadrastro, el que fue marido de su madre, tal y como había solicitado el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Valncia, para descartar la existencia de vínculo genético entre ellos, según ha confirmado a Europa Press el letrado del demandante, Fernando Osuna.

El juzgado aplazó el pasado mes de enero sin fecha el juicio fijado inicialmente para el 4 de marzo en el que se debía dirimir acerca de la presunta paternidad de Julio Iglesias sobre Javier Sánchez ante la petición del magistrado de que se llevara a cabo una prueba de ADN del demandante y su padrastro, actual exmarido de su madre y que figuró como progenitor registral, que no biológico.

Según ha explicado el abogado, la prueba se ha realizado en un centro público valenciano. Aunque ya se disponía de ese análisis que se aportó en su día --con anterioridad a que Osuna asumiera el caso--, se había realizado de forma privada y ahora el juez ha pedido la práctica del cotejo de ADN en un centro público, para asegurarse mayor "imparcialidad".

El letrado espera que los resultados estén listos en 15 días de manera que el juicio por la paternidad se pueda celebrar "pronto", "posiblemente en mayo".

Javier Sánchez, de 43 años, presentó una demanda de filiación contra Julio Iglesias en septiembre de 2017 después de que una prueba que la defensa realizó de forma particular con restos extraídos de la basura de uno de los hijos del cantante atribuyera al intérprete la paternidad de Javier Sánchez en un 99 por ciento.

Sánchez fue reconocido en 1992 por un juzgado de Valncia como hijo de Julio Iglesias. Sin embargo, posteriormente la Audiencia provincial, en una sentencia ratificada por el Supremo, revocó esa declaración al entender que el hecho de que el intérprete no se hubiera sometido a la prueba de paternidad no era motivo suficiente para declarar ese vínculo entre ellos.