Síndic de Comptes aconseja a Turisme obligar a los miembros de las mesas de contratación a acreditar su imparcialidad

Fachada de la Sindicatura de Comptes
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Publicado: martes, 24 noviembre 2020 12:31

VALNCIA, 24 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sindicatura de Comptes aconseja a la entidad Turisme Comunitat Valenciana (TCV) que debería establecer la obligación de solicitar una manifestación escrita por parte de los miembros que integran las mesas de contratación y de los firmantes de los informes de valoración de las propuestas técnicas en la que se dejase constancia de que no concurre en ellos "ningún conflicto de intereses que pudiera comprometer su imparcialidad e independencia".

Asimismo, recomienda que se obligue a manifestar "el compromiso de poner en conocimiento del órgano de contratación, de forma inmediata, cualquier potencial conflicto de intereses que pudiera producirse en cualquier fase del procedimiento en que participasen" estas personas.

Así consta en el informe de fiscalización de la gestión de Turisme en 2019, dado a conocer este martes por el órgano fiscalizador, que señala que en la memoria de las cuentas anuales no ha incluido en el apartado relativo a 'Hechos posteriores al cierre' "ningún comentario o explicación de la posible incidencia de la situación de crisis sanitaria como consecuencia de la pandemia de Covid-19 y la consiguiente declaración de estado de alarma sobre la gestión económica en general".

La sindicatura constata que la entidad ha preparado los estados de las cuentas anuales relativas al ejercicio 2019, incluida la memoria, con arreglo al Plan General de Contabilidad, aunque de acuerdo con su naturaleza jurídica debería haber aplicado el Plan General de Contabilidad Pública.

En este caso, se recomienda a TCV que impulse las actuaciones oportunas "con el fin de poder registrar sus operaciones económicas de acuerdo con este plan, conforme a las normas legales que le son de aplicación".

La sindicatura ha detectado una serie de "incumplimientos significativos" de la normativa aplicable a la gestión de la contratación, como que en varios contratos menores relativos a la impartición de diversos cursos de cocina o restauración "no se ha producido una competencia real y efectiva entre ofertas económicas".

Asimismo, en los encargos a los medios propios "no se ha efectuado un estudio detallado que justifique y muestre de forma clara el cumplimiento de los requisitos establecidos para que la entidad encomendataria pueda ser considerada en términos estrictos como medio propio personificado de la entidad encomendante" y que exprese que esta opción "resulte más eficiente que la contratación pública, y sea sostenible y eficaz con la finalidad de garantizar un correcto cumplimiento y salvaguarda de los principios básicos de igualdad, transparencia y libre competencia".

En cuanto a otras recomendaciones, el síndic aconseja que los contratos licitados por TCV "se debería evitar la inclusión, como criterio de adjudicación de la oferta económica, de aquellas fórmulas matemáticas que puedan llegar a crear distorsiones en el cálculo de las puntuaciones y derivar en adjudicaciones ineficientes".

PORCENTAJES DE SUBCONTRATACIÓN

En relación con el contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares aplicables a los contratos, el síndic considera que TCV debería establecer "la necesidad de informar en las ofertas si se tiene la intención de acudir a la subcontratación y en qué porcentaje, sin necesidad de que esta información se facilite exclusivamente en los supuestos en que sea solicitada de forma expresa por el órgano de contratación".

Para aquellos contratos menores cuyos objetos sean de naturaleza similar y de carácter recurrente en cada ejercicio, se considera que TCV debería adoptar las medidas necesarias para impulsar la tramitación de un "contrato único con arreglo a los procedimientos ordinarios que prevé la Ley de Contratos del Sector Público para los contratos que no tienen la consideración de contratos menores, sin perjuicio de que en su caso puedan licitarse mediante lotes".

La Sindicatura no obstante, deja constancia de que en el año 2020 TCV ha puesto en práctica esta recomendación y ha licitado un contrato con tres lotes, en los que se incluyen los objetos de los contratos menores.

En la tramitación de los expedientes de los encargos a medios propios personificados, el órgano considera que se deberían elaborar y aprobar previamente unos pliegos específicos que regulasen todos sus aspectos jurídicos y económicos.