El Síndic de Greuges recomienda a RTVV que adopte las medidas necesarias para garantizar la objetividad e imparcialidad

Actualizado: sábado, 8 agosto 2009 13:05

VALENCIA, 8 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, recomienda a la dirección general de Radiotelevisió Valenciana (RTVV) que adopte las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento por parte del ente público de los principios de objetividad, veracidad, imparcialidad y respeto al pluralismo político.

Cholbi se pronuncia de esta manera en una contestación, consultada por Europa Press, a una queja presentada por los diputados socialistas Ángel Luna, Carmen Ninet y Nuria Espí contra la dirección de RTVV por "vulneración del derecho fundamental a recibir información veraz y al acceso a los medios de comunicación social a grupos políticos y sociales significativos respetando el pluralismo de la sociedad".

Los socialistas aducen en su escrito que desde la Televisión Pública Valenciana se emiten informaciones positivas de los dirigentes de la Generalitat y del PP "mientras se critica sistemáticamente al PSOE y al Gobierno de España"

En concreto, citan 18 casos en relación con el tratamiento que los informativos del ente público dieron al PSOE entre el mes de noviembre y el 2 de diciembre de 2007, en informaciones como la celebración en Valencia del Panel Intergubernamental de la ONU contra el cambio climático o el anuncio sobre la instalación en Quart de Poblet (Valencia) del Centro de Comunicaciones y Datos de la ONU, en las que se utilizaron "técnicas de desinformación y manipulación".

Uno de los casos que reseña el PSPV se refiere al nombramiento como cardenal del arzobispo de Valencia en noviembre de 2007, cuando se omitió "totalmente" la presencia de la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, y sólamente se emitieron imágenes de la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, y del presidente de la Generalitat, Francisco Camps, según relatan los socialistas.

En concreto, censuran de los informativos de TVV la "ocultación" de imágenes y opiniones relevantes, la creación de "polémicas artificiales", el "falseamiento" de la información, la "intoxicación informativa" y la "manipulación por reparto del tiempo".

El Síndic aduce que la tramitación del expediente "no ha arrojado luz alguna" debido "a los términos genéricos en que están expresados los tres dictámenes emitidos por la dirección general de RTVV" en respuesta a la queja, pero también a que sus promotores, a quienes se les dio traslado de todo lo actuado, "dejaron decaer su derecho a formular alegaciones".

"PRONUNCIAMIENTO SUBJETIVO"

Estas circunstancias impiden a la institución pronunciarse "rotundamente" sobre la cuestión debatida, es decir, sobre la vulneración o no de los derechos fundamentales recogidos en el artículo 20.1.d) --a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión-- y 20.3 --sobre la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación públicos-- de la Constitución Española que denunciaban los promotores de la queja, ya que, a su juicio, "supondría la emisión de un pronunciamiento subjetivo ajeno a su ámbito competencial".

No obstante, en este punto considera que como defensor de los derechos de los ciudadanos, la institución debe velar también por que éstos "reciban a través de los medios de comunicación una información veraz, objetiva, imparcial y respetuosa con el pluralismo político que consagra la Constitución Española".

Asimismo, Cholbi considera que la queja debió ser canalizada a través del Consejo de Administración de RTVV o en las Corts Valencianes, dada la condición de diputados de sus autores, y no en esta institución, ya que el Síndic de Greuges "carece de medios materiales y humanos para determinar si en los supuestos denunciados en la queja, RTVV ofreció una información sesgada o parcial". Si bien, afirma que no renuncia a "hacer una reflexión sobre las cuestiones planteadas en la queja".

En este sentido, cita el Estatuto de Autonomía, la Constitución Española y la ley de creación de RTVV y recomienda a la dirección general de este órgano que en casos como los planteados por el PSPV "adopte las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento por parte del ente público de los principios de objetividad, veracidad, imparcialidad y respeto al pluralismo político".