El Sindicato Médico pide a Sanitat que dice unas Instrucciones para "clarificar" la atención a inmigrantes sin papeles

Actualizado: lunes, 27 agosto 2012 20:51

VALENCIA, 27 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Sindicato Médico de la Comunitat Valenciana (CESM-CV) ha pedido a la Conselleria de Sanidad que dicte "de inmediato" unas Instrucciones que resuelvan "las dudas de muchos compañeros y clarifiquen la postura de la administración sanitaria valenciana" en relación a la atención a los inmigrantes sin papeles en los centros médicos de la Comunitat.

La organización sindical, en un comunicado ha advertido de que "los médicos, tanto como profesionales como ciudadanos, no pueden legalmente denegar auxilio a una persona en situación de riesgo sin incurrir en el delito de omisión de socorro".

Asimismo, considera "inadmisible" el Decreto 16/2012 de 20 de abril y además "pone en duda sus presuntos efectos sobre el déficit público". No obstante, considera que "deben afrontarse de un modo práctico las diferentes situaciones que van a darse a partir de ahora".

El sindicato argumenta que la falta de seguimiento de determinadas patologías crónicas (infección por VIH, Tuberculosis, etc.) "puede dar lugar a un estado de alarma social por deterioro de la salud pública". Para CESM-CV, lo idóneo sería elaborar una normativa autonómica específica, con rango de Ley, y con efectos retroactivos a 1 de septiembre que, como ha ocurrido en otras comunidades, restablezca en nuestro ámbito el acceso de todos los inmigrantes a la asistencia sanitaria.

Por otro lado, considera que debe recordarse que el propio Decreto establece una serie de excepciones en las cuales si procedería la asistencia a cargo de la sanidad pública: niños hasta los 18 años, embarazo-parto-postparto y urgencias médicas.

Del mismo modo, ha señalado que el médico se encuentra sujeto, no sólo a su ética personal o corporativa, sino también al Código Penal. Por ello su denegación de auxilio en cualquier situación urgente o que "pueda dar lugar a un riesgo grave por carencia de tratamiento adecuado se contempla como delito de omisión de socorro y se encuentra castigado penalmente".

Al respecto, ha advertido de que ninguna Ley actualmente en vigor ha derogado esta figura delictiva como tampoco lo ha hecho el Decreto 16/2012. Ningún médico, por lo tanto, "puede negarse a atender adecuadamente al paciente que llegue hasta su consulta".

El sindicato médico ha apuntado también que el deber de auxilio se debe entender "de modo directo o como obligación de proporcionar los medios para la resolución del problema".

URGENCIAS

En este sentido, ha indicado que "cualquier usuario con síntomas o signos de enfermedad constituye una persona en situación de riesgo dado que su evolución, en ausencia de tratamiento, resulta imprevisible". Así, una eventual urgencia derivada del rechazo a atender una patología considerada banal no podría en ningún caso acogerse a lo dispuesto por el Decreto 16/2012 y daría lugar a las responsabilidades correspondientes para el profesional afectado, ha agregado.

La organización sindical argumenta al respecto que "todo paciente que acude a Urgencias Hospitalarias o bien a un Centro de Salud sin encontrarse citado es considerado, en principio, un caso urgente, y como tal debe de ser atendido". Así, la carencia de tarjeta SIP "no exime de su tratamiento correcto hasta que la patología de origen haya desaparecido por completo".

Del mismo modo, la ausencia de seguimiento y terapia de cualquier patología crónica "daría lugar a responsabilidades civiles y/o penales en caso de reagudización o aparición de complicaciones, siendo el responsable el médico requerido para tal asistencia". "Ninguna norma legal o instrucción administrativa puede eximir de las consecuencias personales de las actuaciones médicas", ha agregado.

ACUSACIÓN PARTICULAR

En el caso de que se produzca un filtro o impedimento que impida al paciente el acceso a la asistencia por decisión unilateral de la administración sanitaria, sin denegación explícita de auxilio por parte del médico, la responsabilidad civil y penal recaerá en el gestor que hubiera firmado la correspondiente Orden, Instrucción, etc., "en cuyo caso el sindicato CESM-CV se personará como acusación particular con el fin de defender los intereses de sus afiliados", ha advertido.