El Tribunal Supremo inadmite el recurso de RTVV contra la sentencia que anuló los concursos de privatización

Actualizado: martes, 18 julio 2006 20:48

VALENCIA, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación en interés de ley que RTVV interpuso contra la sentencia de 28 de julio de 2004 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) por la que se anularon, a instancias de UGT, los concursos de privatización de parte de la gestión de Canal 9.

El Tribunal Supremo considera que el ente público carece de legitimación para presentar un recurso extraordinario de casación en interés de ley contra el fallo del TSJCV, ya que, según destaca la sentencia, RTVV gestiona un servicio público, pero no representa y defiende intereses de carácter general o corporativo, tal y como exige el artículo 100.1 la ley de Jurisdicción Contencioso-administrativa.

La sala, que condena a RTVV a pagar las costas procesales, coincide de este modo con el criterio del ministerio fiscal, y argumenta que, aunque "sin duda" el ente público tiene "interés legítimo" en este asunto, no cumple con la condición de ostentar "la representación y defensa de interés de carácter general o corporativo", como "ineludiblemente" exige la ley. El ente público "gestiona un servicio público, pero ese hecho no le otorga la representación y defensa de ningún interés de carácter general o corporativo y sí le obliga a prestar, de conformidad con los principios de eficacia y eficiencia que son consustanciales a la gestión de los servicios públicos, aquellos que le están encomendados", subraya.

Además, alega que si lo que se dirimía en este proceso era "un asunto accesorio del servicio público" -RTVV empleó este argumento para defender la privatización de determinados contenidos de su programación- "no se puede mantener que en este recurso, no ya extraordinario, sino excepcional, se esté representando o defendiendo un interés general, que es lo que justifica la legitimación que requiere la ley para poder interponer el mismo".

La sentencia fue recibida por la sección sindical de UGT-RTVV como "muy importante para el futuro de Canal 9 y Punt 2 como televisiones públicas, ya que, con la legislación vigente y el pronunciamiento del Tribunal Supremo, es imposible privatizar" el ente público, según señaló la organización a través de un comunicado.

En opinión de UGT, "con esta sentencia acaba un conflicto que comenzó hace más de tres años, cuando en marzo de 2003 el consejo de administración de RTVV acordó sacar a concurso público la gestión de la publicidad, la producción de 1.884 horas de programas y la edición de informativos".

El sindicato recuerda que "ha ganado" en las diferentes instancias judiciales, que han coincidido "en dar la razón a UGT y en sentenciar que los planes privatizadores del Gobierno valenciano y del consejo de administración de RTVV no estaban ajustados a derecho".

Ahora, para la sección sindical de la UGT-RTVV, "lo que hace falta es que el consejo de administración de RTVV y la Dirección General del ente hagan público el coste económico de su fracasado intento privatizador, porque lo que se han jugado y gastado ha sido dinero público de todos los valencianos, y nos deben una explicación".

"Después de la nueva y definitiva derrota judicial, la empresa tiene que aceptar que es urgente la aprobación de un plan de viabilidad para RTVV, sobre la base del mantenimiento de un porcentaje de producción propia que nunca tendría que bajar del 50 por ciento de la emisión", indicaron fuentes del sindicato.