El TSJCV rechaza suspender el decreto que regula los efectos en el personal de la extinción de la concesión de Alzira

Hospital de La Ribera, en Alzira
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Publicado: jueves, 26 abril 2018 18:06

VALÈNCIA, 26 Abr. (EUROPA PRESS) -

La sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo ha rechazado la petición de la asociación Sanitat Sols Una de suspender cautelarmente el decreto del Consell por el que se regulan los efectos de la extinción del contrato de gestión de la concesión del departamento de salud de La Ribera en materia de personal.

Así consta en un auto de pieza de medidas cautelares, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el que la sala deniega la medida cautelar de anulación del decreto, una decisión que no es firme y contra la que cabe recurso.

La entidad Sanitat Sols Una --que había pedido inicialmente una cautelarísima de suspensión que fue rechazada por la sala al entender que no concurrían circunstancias de especial urgencia--, pedía la nulidad de pleno derecho del decreto del Consell al ser "improcedente" como instrumento normativo para establecer efectos en materia de personal derivados de la reversión; alegaba que contravenía el procedimiento legalmente establecido para su elaboración o que contravenía preceptos del ordenamiento jurídico, además de la "irreversibilidad" de las decisiones.

La sala, que reconoce la legitimación de la entidad para el recurso, ha valorado un informe aportado por ella en el que se advertía del "grave impacto sanitario de la reversión" por la "ausencia de un plan general" de la Conselleria de Sanidad. Si embargo, el tribunal considera que este documento no es suficiente para justificar la irreparabilidad de los perjuicios que la aplicación del decreto pudiera ocasionar.

Así, señala que, de un lado, los derechos de los trabajadores no sufrirán un perjuicio "irreversible" como consecuencia del mantenimiento de la efectividad del decreto y, de hecho, la Conselleria "se subroga en los contratos temporales e indefinidos, se respetan las condiciones de trabajo y retribuciones, dejando a salvo el derecho de cualquier persona afectada por la subrogación para acudir a la jurisdicción social".

En esa línea, añade que la propia sentencia estimatoria "repararía el perjuicio que hubieran podido sufrir los trabajadores afectados siendo resarcidos de cualquier merma en sus derechos". Y del resto de posibles perjuicios --como descenso de la actividad asistencial o disfunciones en el proceso de aprovisionamiento y compras de productos, entre otros-- la sala considera que no se derivan del decreto impugnado sino de la resolución que no prorrogó el expediente de la contratación ----la resolución de la Conselleria de marzo de 2017-- y que queda fuera de este recurso.

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