La Asociación Nacional de Balnearios aplaude la resolución de Sanidad que retira esta categoría a Marina d'Or

Publicado: lunes, 22 octubre 2018 17:41

   CASTELLÓN, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

   La Asociación Nacional de Balnearios (ANBAL) ha aplaudido que la Conselleria de Sanidad de la Comunitat Valenciana haya publicado una resolución en la que ha retirado la calificación de balneario a Marina d'Or y otros diez centros de la autonomía que no han acreditado el empleo de aguas mineromedicinales y termales con fines terapéuticos o preventivos para la salud.

   El presidente de ANBAL, Miguel Mirones, ha señalado que, dada la importancia del turismo de salud en España, no quieren que se genere confusión ni en el ámbito sanitario ni entre los consumidores.

   Al respecto, ha subrayado que, teniendo en cuenta que solo las aguas mineromedicinales tienen reconocidas en España sus propiedades terapéuticas sobre la salud, "cualquier usuario ha de tener la garantía de que si va a recibir un tratamiento de hidrología este se va a llevar a cabo con agua mineromedicinal".

   "Hoy por hoy en España solo los banearios ofrecen este servicio, según la normativa sanitaria e, incluso, según la Real Academia de la Lengua, que define balneario como un establecimiento con baños medicinales", ha añadido Mirones.

   La resolución administrativa -según el presidente de ANBAL-, apoya "nuestra histórica reivindicación de que la palabra balneario solo sea utilizada por aquellos establecimientos que tengan manantiales de agua mineromedicinal declarados de utilidad pública, como ya ha quedado recogido en diferentes leyes autonómicas en Galicia o Aragón".

GARANTÍAS

   La Asociación Nacional de Balnearios ha indicado que, para evitar situaciones de confusión como la que se ha generado en este caso, sería "conveniente" que todas las comunidades autónomas legislasen a tal efecto, "y así tanto los usuarios como la comunidad sanitaria tendrían garantías de la adecuada aplicación de los tratamientos de hidroterapia".

   Por ello, desde ANBAL continuarán demandando a las administraciones la correcta aplicación de las normas sanitarias existentes, "promoviendo normativas autonómicas que definan explícitamente lo que es un balneario y seguir trasladando a la opinión pública aquellos casos de establecimientos que, sin ser balnearios, se definen como tales".

   ANBAL ha recordado que solicitó la revisión de la inscripción de algunos establecimientos que se habían registrado "incorrectamente" como centros prestadores de servicios de hidrología-médica, entre ellos Marina d'Or.

   Así, la asociación cursó una petición a las administraciones nacional y autonómica en la que pedía que se revisara la relación de centros no balnearios inscritos indebidamente en su registro sanitario en la unidad correspondiente, de tal forma que sólo incluyera aquellos que acreditaran la realización de sus tratamientos con aguas mineromedicinales con fines terapéuticos y preventivos para la salud.

   Según ha informado este lunes a los medios la directora general de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública Anna Ávila, el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, establece los criterios para poder ofertar servicios de hidrología, por los que un centro se puede denominar balneario, y tanto la ciudad de vacaciones de Oropesa del Mar (Castellón) como otros diez centros valencianos no han podido acreditar su cumplimiento.