Fútbol.- El TCE archiva la demanda contra la directiva del Barça, pero cree que las elecciones debían ser en 2006

Actualizado: martes, 11 julio 2006 23:41

El TCE entiende que la junta ha incumplido los estatutos del club, pero pospone una posible sanción al fallo de la justicia ordinaria

BARCELONA, 11 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Catalán del Deporte (TCE) decidió hoy archivar la demanda de un socio del FC Barcelona contra la directiva del club, pero cree que la junta de Joan Laporta ha incumplido los estatutos del club y que debería haber convocado elecciones este año.

El TCE considera que, de acuerdo con los estatutos del Barcelona, la junta "debería haber convocado elecciones en el primer semestre de 2006", dado que entiende que los ocho días desde su toma de posesión al final de la campaña 2002/03 "equivalen" al primer año de mandato.

Sin embargo, el TCE, que ha hecho pública su resolución, no se declara competente para hacer cumplir la norma ni para convocar las elecciones, ya que ello compete al Juzgado de Primera Instancia de Barcelona, que trata la demanda de otro socio por el mismo asunto.

No obstante, sí se considera competente el TCE para "depurar responsabilidades e imponer la sanción pertinente" a la directiva del Barcelona, en caso de que el Juzgado coincida en su criterio de que ha incumplido los estatutos y convoque elecciones en el club catalán.

Además, manifiesta que, en contra de las alegaciones de los juristas del Barcelona, los directivos Josep Cubells, Xavier Cambra y Josep Luís Vilaseca, la cuestión planteada en la demanda ante el TCE no es la misma que la que lleva la justicia ordinaria.

Al respecto, asegura que al Juzgado se le pide que haga cumplir la norma y que convoque elecciones, y que al TCE, en cambio, se le pide que "instruya un expediente disciplinario contra los dirigentes y que se les sancione con la inhabilitación" por incumplir los estatutos.

INCUMPLIMIENTO "FLAGRANTE" DE LOS ESTATUTOS.

En todo caso, avanza que una sentencia del Juzgado que concluyera que la junta no ha incumplido la norma "no haría justificable una eventual sanción, por más que el TCE la considerase adecuada", pese a creer que ha cometido un "incumplimiento flagrante" de los estatutos.

El TCE argumenta también que ha decidido archivar la demanda presentada el pasado 28 de abril por el socio barcelonista Francesc Gastó, "en aplicación de los principios de prudencia e intervención mínima que deben regir todo procedimiento sancionador".

El TCE ya había optado anteriormente por archivar una demanda presentada por otro socio por el mismo motivo, aunque ya señalaba que los hechos denunciados podían ser "constitutivos de infracción y dar lugar a la apertura de un expediente disciplinario" a la directiva.

Sin embargo, aclara ahora que, pese al incumplimiento del artículo 29 de los estatutos del club, la directiva no podía ser sancionada por los hechos denunciados porque la anterior demanda era de 30 de noviembre de 2005, ya que por entonces tenía "tiempo de rectificar".

El artículo 29 de los estatutos del Barcelona señala que "se considerará como primer año de la nueva junta el de la toma de posesión, sea cual sea el momento en que ésta se produjese, y finalizará el mandato el 30 de junio del cuarto año".

El TCE concluye que la directiva del Barça, habiendo tomado posesión el 22 de junio de 2003, habría acabado su primer año de mandato el 30 de junio de ese mismo año y que "el cuarto y último año de mandato habría acabado el 30 de junio de 2006".

En consecuencia, prosigue, la directiva debería haber convocado las elecciones en el primer semestre de 2006. El TCE, por otra parte, cuestiona la actuación en este asunto de los juristas de la Secretaría General del Deporte (SGE) de la Generalitat.

Así, se refiere al dictamen no vinculante de la SGE, que avalaba la intención de la directiva del Barcelona de convocar elecciones en 2007, y asegura que su tesis jurídica es "errónea" y que la emisión de tal informe es "difícilmente comprensible".