La CNMV aprobará la nueva circular de 'hedge funds' en el consejo extraordinario del miércoles

Actualizado: lunes, 1 mayo 2006 16:30


MADRID, 1 May. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) aprobará previsiblemente la nueva circular que regula los fondos de inversión libre, más conocidos como 'hedge funds', en un consejo extraordinario convocado para el miércoles.

El presidente del organismo supervisor, Manuel Conthe, ya anunció la semana pasada que la CNMV había convocado un consejo con caracter extraordinario para el miércoles 3 de mayo y que es previsible que en esa fecha se apruebe la circular sobre 'hedge funds'.

La circular de la CNMV, cuya redacción está cerrada desde el pasado mes de febrero, establece que los nuevos 'hedge funds' precisarán para operar más recursos propios que el resto de fondos, como consecuencia del elevado riesgo de sus operaciones.

Por otro lado, los inversores que participen en estos productos deberán expresar por escrito que conocen y asumen los riesgos derivados de su contratación, como el peligro perder toda la inversión.

Además, la circular de la CNMV recogerá los requisitos que se exigirán a las sociedades gestoras para que deleguen funciones, tales como el cálculo del valor del fondo. Además, señalará las funciones de los depositarios, y dictará las disposiciones necesarias para el cálculo de la comisión de gestión sobre resultados.

La orden ministerial que regula la entrada en España de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) de inversión libre, más conocidas como 'hedge funds', y los fondos de 'hedge funds', entró en en vigor el jueves 27, una vez publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Dicha orden habilitó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para desarrollar "los aspectos más técnicos" de la norma en una circular. Para la aprobación de esta circular es necesario que den el visto bueno el Comité Ejecutivo y el Consejo de la CNMV.

El Ministerio de Economía y Hacienda concretó en la orden publicada en el BOE aspectos como el límite al endeudamiento de los fondos y dejó abierta la entrada a los fondos que tengan su sociedad gestora domiciliada en países pertenecientes a la OCDE, o cuya gestión "haya sido encomendada a una sociedad gestora o entidad que desarrolle funciones similares".

Además, estableció las cuestiones relativas al cálculo del valor liquidativo de las participaciones y acciones tanto de los 'hedge funds' como de los fondos de 'hedge funds'. Otro de los aspectos que recogió la orden ministerial es la posibilidad de no otorgar el derecho de reembolso en las IIC de inversión libre, siempre que figure "expresamente en el folleto informativo".