Estafa Filatélica.-Las impugnaciones al informe concursal de Fórum podrían paralizar el procedimiento indefinidamente

Actualizado: jueves, 25 enero 2007 12:55

MADRID, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

La tramitación judicial de las impugnaciones de los acreedores al informe patrimonial elaborado por la administración concursal de Fórum Filatélico, que se espera comiencen a llegar al Juzgado de lo Mercantil número 7 durante las próximas semanas, podría retrasar de "forma indefinida" el procedimiento concursal. Así lo advirtieron hoy varios representantes legales de los afectados consultados por Europa Press.

Según establece la Ley Concursal, una única impugnación demora de forma inmediata el procedimiento concursal y su resolución puede tardar un mínimo de un año por tratarse de una demanda a resolver en juicio. Según el informe de la administración, existen 260.000 afectados por Fórum, un elevado número de acreedores sin precedente dentro de los procesos concursales en España lo que justifica la indeterminación de los plazos y por lo que se espera un aluvión de impugnaciones.

Los representantes legales de los acreedores de Fórum se están planteando en estos momentos tanto la cantidad de los créditos como los incidentes sobre los que versarán las impugnaciones, sopesando si lo mejor para sus clientes es "cobrar algo lo antes posible o impugnar para conseguir una cantidad más elevada pero sin saber cuando", explicaron los expertos en concursal. A esto hay que añadir que en caso de que sus reclamaciones sean desestimadas los acreedores tendrían que pagar a la parte contraria las costas del proceso.

ENVÍOS DE LA ADMINISTRACIÓN

Fuentes de la administración concursal explicaron a Europa Press que las cartas de los acreedores asociados o representados por procuradores "terminarán de enviarse esta semana", lo que indica que las primeras de ellas ya han llegado y ha comenzado el plazo de diez días que tienen para presentar impugnaciones a las cantidades de los créditos contabilizadas. La defensa de Fórum ha confirmado hoy a Europa Press que a finales de la semana que viene presentará su recurso al informe ya que han podido contar con una semana más de plazo.

Por su parte, las cartas dirigidas a los acreedores no asociados comenzaron a enviarse esta semana, por lo que la administración concursal establece el fin del envío "como pronto la primera quincena de febrero".

Según establece la Ley Concursal, las partes pueden recurrir el informe en un plazo de diez días a contar desde la fecha de la última notificación. Ésta se puede realizar a través de procurador o a través de su publicación en el BOE y en dos periódicos de tirada nacional. Según informaron fuentes jurídicas, "ha habido publicaciones en prensa en distintas fechas", la última de ellas con fecha del viernes 12 de enero.

El Juzgado de lo Mercantil está retrasando esta comunicación en función del tiempo que lleva "el envío de cartas, su llegada y el análisis del informe", según declararon fuentes jurídicas, todo ello en respuesta a la petición de ampliación de plazo solicitada por algunos acreedores y que no está contemplada en la Ley Concursal, como ya se hizo con la ampliación del plazo de redacción del informe concursal.

IMPUGNACIONES A LA CALIFICACIÓN

Los representantes legales de varias asociaciones de afectados están estudiando la posibilidad de promover reclamaciones por la calificación de los créditos en función de los contratos realizada por los administradores concursales para la valoración de las cuantías de los mismos. Dicha reclamación se solucionaría en un auto dictado por el Juez recurrible frente a la Audiencia Provincial de Madrid.

La cuestión radica en el compromiso de recompra de los sellos que la filatélica establecía en contratos con los clientes. Los precios estipulados en los documentos firmados para esta transacción han sido contabilizados en el informe de la administración concursal como intereses, que dentro de la Ley Concursal tienen una calificación peor que el principal de la deuda.

Por lo tanto, los letrados consideran que a este precio de recompra "se le ha dado un carácter que no tiene" y con ello, "se vincula el proceso concursal con la discusión que se está manteniendo a través de la vía penal" en la Audiencia Nacional con el fin de esclarecer si la actividad de la empresa era financiera o mercantil, explicaron fuentes jurídicas.

Todo esto afecta a los contratos vigentes en el momento de la intervención que deberían haberse contabilizado como créditos contra la masa y no como ordinarios, cuestión sustentada por fundamentación jurídica. Según consideran los abogados, en el informe se les ha dado "una calificación distinta a la que se debería dar jurídicamente" que ha estado basada en una decisión "políticamente correcta".

Lo que se plantean ahora es que "jurídicamente tenemos razón" pero si el juez desestima estas impugnaciones "además de perder tiempo y dinero, los clientes pueden ser condenados a pagar las costas del incidente concursal".