El Gobierno elimina el límite del 2% para la subida de la tarifa eléctrica

Actualizado: viernes, 23 junio 2006 18:45


MADRID, 23 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy la eliminación del límite del 2% para efectuar la revisión de la tarifa eléctrica media o de referencia y de las variaciones de tarifas de suministro y de acceso "para adaptarlas al nuevo contexto energético internacional".

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó que la aprobación de esta y otras medidas, contenida en un Decreto Ley "de medidas urgentes", tiene como objetivo "siempre pensando en los ciudadanos, mejorar la calidad y la eficacia de nuestro suministro".

Así, con la eliminación del límite del 2% se pretende diferenciar las subidas o bajadas en los distintos grupos tarifarios con el objeto de limitar "al máximo" el impacto de las subidas de precios de la electricidad en las economías domésticas.

Otros de los objetivos de esta medida es asegurar que en las revisiones tarifarias se puedan cubrir todos los costes y evitar tener que confeccionarlas con una previsión de déficit a causa de una metodología elaborada cuando el petróleo costaba 25 dólares por barril. Esto es lo que ha sucedido en 2006, cuando el precio del barril ha alcanzado ya los 70 dólares.

Otras medidas que tiene que ver con la generación eléctrica son las que afectan a las instalaciones de generación en régimen especial. La nueva normativa establece que la evolución de las primas y precios de estas instalaciones no estará limitada por la revisión de la tarifa media. La finalidad de esta medida es acercar la retribución de las instalaciones de generación de régimen especial a la evolución real de los costes de estas tecnologías.

En cuanto al mercado mayorista de la electricidad o 'pool', el Decreto establece la ampliación de a medio y largo plazo del período de contratación de las subastas virtuales, que en la actualidad tenía un tope máximo de doce meses. De esta manera, el Gobierno quiere hacer posible su instrumentación a corto plazo y fomentar la contratación bilateral entre las empresas eléctricas y los consumidores.

COGENERACIÓN

El Gobierno ha querido potenciar la eficiencia energética, en concordancia con las directrices de la Unión Europea (UE), a través de la cogeneración eliminando de la necesidad del autoconsumo eléctrico y de la banda de retribución de estas plantas y la actualización del sistema de primas del régimen especial.

En concreto, se elimina la necesidad de autoconsumo eléctrico de las plantas que utilizan la cogeneración, primando no sólo los excedentes eléctricos, sino toda la electricidad cogenerada. Con esta medida el Gobierno pretende que haya igualdad de condiciones para todas las plantes de cogeneración, con independencia de que la planta industrial asociada consuma más o menos electricidad, eliminando las asimetrías existentes hasta la fecha.

También se actualiza el sistema de primas señalados en la Ley; se establece la posibilidad de que todas las plantas sean retribuidas con el complemento de una prima por encima del precio del mercado (en la actualidad sólo pueden cobrar prima las instalaciones menores de 10 MW); esta medida persigue que no dejen de instalarse plantas de este tipo por falta de rentabilidad.

En tercer lugar, se elimina la banda de retribución de estas instalaciones, entre el 80% y el 90% de la tarifa medida de referencia, ya que no permite en algunos casos que la retribución sea suficiente para que se desarrollen las diferentes tecnologías.

ALMACENAMIENTOS SUBTERRÁNEOS DE GAS

En cuanto al sector gasista, con la finalidad de garantizar la estabilidad del suministro energético, el Gobierno ha introducido una disposición para garantizar la igualdad de las condiciones de todos los operadores en el acceso a la capacidad de almacenamiento de gas.

En concreto, se sustituye el criterio cronológico establecido con carácter general por un sistema de reparto basado en criterios objetivos y transparentes, y especialmente en el porcentaje de ventas del año anterior.

La medida se justifica en que el conocido como 'criterio cronológico' no ha demostrado su eficacia cuando la demanda supera a la oferta de capacidad, ya que no optimiza la gestión de las instalaciones y puede suponer un problema para la garantía del suministro.

Esta disposición permitirá la utilización de mecanismos de asignación de capacidad más apropiados a las necesidades actuales del sistema, permitiendo una optimización de las infraestructuras existentes y evitando situaciones de acaparamiento.