Industria da visto bueno a la propuesta de la CNE sobre la regulación de los puntos de medida de consumos

Actualizado: martes, 30 enero 2007 23:50


MADRID, 30 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio dio el visto bueno a la propuesta de la Comisión Nacional de Energía (CNE) de actualización y refundición de la normativa reguladora de los puntos de medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica, encargándole que inicie el trámite de audiencia para que sean los agentes implicados los que la valoren.

La propuesta, elaborada previamente por la propia CNE, aglutina las diversas normas existentes hasta el momento, de forma que simplifica y clarifica el conjunto de la normativa relativa a este capítulo, informó el Ministerio.

El texto incorpora los aspectos relacionados con la telegestión, es decir, los nuevos contadores de telemedida y discriminación horaria, con objeto de proporcionar su impulso y desarrollo, así como la adecuación de los sistemas y equipos de medida a estos nuevos requerimientos.

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 25 de febrero de 2005, a propuesta del vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía y Hacienda y de los ministros de Justicia, de Fomento, de Industria, Turismo y Comercio, de Administraciones Públicas y de Vivienda, suscribió un acuerdo por el que se adoptan mandatos para poner en marcha medidas de impulso a la productividad.

Entre los mandatos recogidos en el acuerdo, publicados mediante Resolución de 1 de abril de 2005, se encuentra el mandato a la CNE para que remita una propuesta de revisión de la normativa reguladora de los puntos de medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica, para lograr así un único texto.

La CNE, así, remitió a Industria la propuesta de actualización y refundición de la normativa reguladora de los puntos de medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica.

Asimismo, en la disposición adicional segunda del Real Decreto 809/2006, de 30 de junio, por el que se revisa la tarifa eléctrica a partir del 1 de julio de 2006, se establece que los contadores de suministros hasta 15 kilovatios (kW) que se instalen o aquellos que se sustituyan a partir del 1 de julio de 2007 deben permitir la discriminación horaria y la telegestión.

REGULACIÓN DE LOS CONTADORES DE TELEGESTIÓN

En la propuesta de texto unificado de la normativa reguladora de los puntos de medida enviada por la CNE se incorporan los aspectos relacionados con la telegestión, con objeto de proporcionar su impulso y desarrollo, así como la adecuación de los sistemas y equipos de medida a estos nuevos requerimientos.

De este modo, los sistemas de telegestión se definen como sistemas de medida y comunicación bidireccional entre los contadores y las distribuidoras eléctricas que, con las máximas garantías de integridad y seguridad, permiten el acceso remoto a los contadores de energía eléctrica, con disponibilidad de lectura, gestión de la energía, control de la potencia demandada y contratada, gestión de la conexión/desconexión de suministros y otras funcionalidades, posibilitando el intercambio de información y actuaciones entre los sistemas de las empresas y los contadores eléctricos.

Del mismo modo, en la propuesta se recogen las especificaciones funcionales mínimas de los sistemas de telegestión, señalándose que las características y particularidades de los elementos que constituyen dichos sistemas de telegestión se desarrollarán en las Instrucciones Técnicas Complementarias.