CNE recuerda que la nueva factura mensual de la luz no podrá cobrarse hasta 7 días después de emitirse

Actualizado: domingo, 21 diciembre 2008 11:30

MADRID, (EUROPA PRESS)

El consejo de administración de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) recordó en su reunión celebrada que el nuevo recibo mensual de la luz no podrá cobrarse, en el caso de que exista domiciliación bancaria, hasta siete días después de la remisión de la factura.

Esta consideración fue realizada por el regulador en respuesta a la pregunta de una empresa sobre este asunto. La CNE constata además que en la facturación mensual podrán utilizarse las nuevas tecnologías, de modo que, si el usuario da su consentimiento, podrá recibir su factura por medios electrónicos.

Por otro lado, según un comunicado, el organismo presidido por María Teresa Costa dio por liquidadas las cuentas de la actividad regulada de la electricidad de 2005, en las que se aprecia que el déficit de tarifa --diferencia entre ingresos y costes de la generación-- de este ejercicio fue de 3.654 millones, 175 millones menos de lo estimado anteriormente.

La CNE también aprovechó la revisión durante la reunión de ayer del precio de compra de gas natural por parte de Elcogás para reiterar al Ministerio de Industria que esta sociedad debería actuar conforme a las condiciones de mercado.

Además, remitió a Industria un estudio de su Dirección de Gas en el que se analiza el desarrollo de los mercados mayoristas de este producto y se elabora una hoja de ruta para desarrollar un mercado de gas natural en España.

En este estudio se toman como referencia otros mercados gasista en la Unión Europea y Estados Unidos, y se recogen las medidas de impulso adoptadas por los reguladores de varios países para el desarrollo de mercados organizados.

También como parte del sector del gas, el regulador aprobó la liquidación final de 2005, en la que se aprecia un superávit de 143,6 millones de euros.

Por último, el regulador decidió remitir al Consejo Consultivo de Hidrocarburos una circular que regula la puesta en marcha y gestión de un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.