La CNMC pide a Endesa realizar los cambios para distinguir las marcas de su distribuidora y comercializadoras

Publicado: viernes, 7 junio 2019 14:30

MADRID, 7 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha requerido a Endesa que adopte las medidas necesarias para que los consumidores puedan distinguir claramente las marcas de su distribuidora y de sus comercializadoras en el mercado libre y regulado.

En un informe sobre la valoración sobre las medidas propuestas por los principales grupos energéticos integrados para cambiar su imagen y facilitar que los consumidores identifiquen claramente si la compañía está en el mercado regulado o en el mercado libre, el regulador valora que, en general, las propuestas de las compañías se ajustarían a las exigencias, con la excepción de Endesa.

La CNMC considera que las denominaciones sociales propuestas por las compañías facilitarán su identificación respecto a la denominación social de la comercializadora libre de su grupo, con excepción del Grupo Endesa, por lo que le requiere que "adopte las medidas necesarias para frenar la confusión de los consumidores y se ajuste a la normativa".

Las compañías disponen así a partir de este informe de un plazo de tres meses para adoptar las medidas adecuadas para ajustarse a la normativa.

Fuentes de Endesa indicaron a Europa Press que la compañía ha presentado diversas propuestas, que no han recibido el visto bueno de la CNMC, y que continúa trabajando en una propuesta definitiva adecuada a la norma que será presentada dentro de plazo.

En septiembre del año pasado, el regulador aprobó una decisión jurídicamente vinculante dirigida a las empresas distribuidoras de gas y electricidad -en el sector eléctrico las que tienen más de 100.000 clientes- y comercializadores de referencia y o de último recurso, con el objetivo de evitar que se confunda a los consumidores.

Para ello, pidió realizar cambios en la información, presentación de marca e imagen de marca, para que fuera claramente distinguible de la filial del mismo grupo empresarial que comercializa en el mercado libre. En definitiva, para que, los consumidores puedan identificar correctamente en su factura si están en el mercado libre o regulado, tal como exige la normativa europea.

Las sociedades afectadas por esta decisión de los grupos Endesa, Iberdrola, EDP, Repsol y CHC Energía, remitieron a la CNMC sus propuestas de cambio para que valore si se ajustan a la normativa europea.

CONFUSIÓN DE MARCA.

En el caso de la confusión de marca, el objetivo de la normativa es que se distinga con claridad la denominación social de la comercializadora libre del mismo grupo.

Las sociedades afectadas presentaron su propuesta, excepto la distribuidora eléctrico del Grupo EDP, que ya cumplía con los requisitos exigidos en esta materia.

Asimismo, Repsol, que adquirió en 2018 el negocio de comercialización de gas y electricidad de Viesgo, también comunicó los cambios para evitar la confusión del consumidor y adaptar la presentación de sus marcas a la nueva situación societaria.

En cuanto a la obligación de los grupos de facilitar una identificación clara del logotipo para saber si su comercializadora está en el mercado regulado o libre (imagen de marca), la CNMC considera que los nuevos logotipos frenarán la confusión al consumidor.

No obstante, para las sociedades Endesa Distribución Eléctrica S.A.U. (distribuidora) y Endesa Energía XXI, S.L.U. (comercializadora regulada), la CNMC advierte "que no son fácilmente identificables respecto a la comercializadora libre del grupo, Endesa Energía".

El organismo presidido por José María Marín Quemada afirma que se reserva la potestad de realizar actuaciones destinadas a la supervisión de su implementación final y de se cumplimiento efectivo, como parte de su función supervisora de los mercados de electricidad y de gas natural.

Según datos a cierre del ejercicio 2018, el mercado eléctrico estaba compuesto por 29,4 millones de puntos de suministro, de los cuales el 61,7% (18,1 millones de puntos) eran suministrados por un comercializador en el mercado libre, mientras que el 38,3% restante (11,3 millones de puntos) lo suministraba un comercializador de referencia mediante el denominado PVPC.

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