El CSN informa favorablemente sobre la renovación de licencia de Almaraz

Actualizado: sábado, 1 mayo 2010 11:03

CÁCERES, 1 May. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) remitió hoy al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio un informe favorable a prorrogar la licencia de explotación de las dos unidades de la central nuclear de Almaraz hasta el año 2020, aunque impone 13 límites y condiciones y 17 Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC), según informó hoy el CSN.

El titular de la central había solicitado la renovación de licencia de explotación por un periodo de diez años (2010-2020) y el informe favorable afecta a Almaraz I, que data de 1981 y Almaraz II, que inició sus operaciones en 1983.

Esta decisión fue adoptada ayer por el pleno del CSN y se basa en la "comprobación del correcto funcionamiento de la central" y del "mantenimiento del nivel adecuado de seguridad para continuar su operación".

Así mismo se constata por parte del CSN "la capacidad de la central para dar respuesta a requisitos normativos de mayor exigencia a los estrictamente requeridos por la reglamentación vigente", además de la verificación del cumplimiento por parte del titular de los requisitos de la autorización concedida en el año 2000.

Según explica la nota, la decisión tiene en cuenta los resultados de la evaluación, contenidos en un conjunto de 61 informes técnicos especializados, así como los requisitos exigibles por el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas y la información procedente de las 297 inspecciones realizadas a la central durante la vigencia de la actual autorización.

También contempla los resultados de la "supervisión continua" del funcionamiento de la central mediante el 'Sistema Integrado de Supervisión de Centrales' (SISC) y de la evaluación de cerca de un centenar de sucesos notificados por la central durante su última autorización.

A estas conclusiones llega el pleno del CSN tras varias sesiones de estudio en las que se revisó el cumplimiento, por parte del titular, de las condiciones de la autorización vigente y las instrucciones técnicas asociadas, la revisión periódica de seguridad y la normativa de aplicación condicionada.

LÍMITES Y CONDICIONES

En cualquier caso, señala el comunicado que el dictamen emitido por el Consejo de Seguridad Nuclear, incluye 13 límites y condiciones "a los que quedará sometido el funcionamiento de la instalación en este nuevo periodo".

Así, incluye límites relativos tanto a aspectos generales que conciernen a todas las autorizaciones como a cuestiones específicas referentes al caso particular al que se refiere.

Entre estas cuestiones específicas se establecen una serie de modificaciones a llevar a cabo durante la vigencia de la autorización, con sus plazos de implantación correspondientes.

Así, figuran modificaciones físicas "para fortalecer las garantías de parada segura de la central en caso de incendio y, en concreto, la instalación y puesta en marcha, para cada unidad, de un nuevo panel de parada alternativo, exterior a la sala de control, así como la implantación de un suministro de agua al sistema de protección contra incendios en áreas relevantes, capaz de funcionar en caso de terremoto".

También se imponen modificaciones para la mejora de los sistemas de ventilación y filtrado de edificios de la central, y en particular, la instalación, para cada unidad, de un sistema adicional en el edificio de combustible, que duplique la capacidad actualmente existente.

Otras modificaciones deberán llevarse a efecto en los sistemas eléctricos y de instrumentación de la central, para mejorar, entre otros aspectos, la independencia y separación física de trazados, circuitos y cables eléctricos.

El CSN establece así mismo modificaciones normativas en relación con los requisitos aplicables a la protección contra incendios, "que tendrán por resultado la implantación de mejoras, tanto físicas como operativas, en el diseño de la central".

INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS

Los límites y condiciones mencionados se acompañan de un conjunto de 17 Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC), en las que se recogen, con mayor grado de detalle, además de los requisitos aplicables a las modificaciones más relevantes ya mencionadas, los pormenores de las restantes condiciones de la renovación de la autorización.

Por ejemplo, figuran nuevos programas de mejora, referidos a las bases de diseño del emplazamiento, la instrumentación del circuito primario, los sumideros del recinto de contención y la capacidad de gestión de accidentes severos.

Además, el CSN añade "acciones de mejora en relación con los análisis de experiencias operativas emitidas por el Instituto de Operación de Centrales Nucleares de Estados Unidos, basadas en la evaluación de los sucesos de las instalaciones nucleares internacionales, la información sobre cualificación ambiental de equipos y la actualización del margen sísmico de la central".

Por último, también apunta actuaciones en relación con nuevos requisitos normativos, en materia de vigilancia meteorológica, refrigeración de la piscina de combustible gastado, detección y control de gases combustibles en contención, estanqueidad de líneas que atraviesan la contención, y del sistema de tratamiento de residuos radiactivos sólidos.