Economía/Energía.- Clos dice que el Gobierno no propondrá la derogación del Real Decreto-Ley que da poderes a la CNE

Actualizado: miércoles, 4 octubre 2006 21:26

MADRID, 4 Oct. (EUROPA PRESS) -

El ministro de Industria, Turismo y Comercio, Joan Clos, aseguró que el Gobierno no tiene intención de proponer la derogación del Real Decreto-Ley 4/2006, que amplió las funciones de la Comisión Nacional de Energía (CNE).

Clos, a pregunta del PP en el Congreso, señaló, además, que el Gobierno seguirá con el diálogo con la Comisión Europea (CE) con la esperanza de llegar "a buen fin", aunque sin descartar que la disputa con Bruselas desemboque en el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

"No ha sido ni será la última vez que la Comisión Europea cuestiona la legislación nacional de cualquier país, española o de cualquier otro. Precisamente por este motivo nos hemos dotado de instrumentos, entre ellos y en último recurso el Tribunal de Justicia Europeo, que cuando no hay acuerdo acaba determinando quién tiene razón. Espero que no lleguemos a esta situación, aunque evidentemente si debemos llegar a ella habrá que dar el mejor servicio posible a toda la población", indicó el ministro.

El Real Decreto-Ley 4/2006, de 24 de febrero, por el que se modifican las funciones de la CNE, ha permitido a ésta pronunciarse sobre la OPA de la energética alemana E.ON sobre la española Endesa.

En virtud de esta disposición, debe de aplicarse un procedimiento de autorización a la adquisición de participaciones en un porcentaje superior al 10% del capital social o cualquier otro que conceda influencia significativa, en empresas que realicen, directa o indirectamente, actividades reguladas o actividades sujetas a una intervención administrativa, así como a la adquisición directa de los activos precisos para desarrollar las actividades citadas.

Así, el decreto incluye las causas por las que la CNE puede autorizar o denegar estas adquisiciones: la existencia de riesgos en relación con las actividades mencionadas, la incapacidad de realizarlas como consecuencia de otras actividades desarrolladas por la entidad adquiriente o por la adquirida, la protección del interés general y cualquier otra causa de seguridad pública.