Economía/Energía.- Industria remite a la CNE el borrador que liberaliza todas las tarifas eléctricas de más de 15 kW

Actualizado: miércoles, 12 noviembre 2008 19:31

MADRID, 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Industria remitió hoy a la Comisión Nacional de la Energía (CNE) el borrador de Real Decreto por el que a partir del 1 de enero se liberalizarán todas las tarifas eléctricas, salvo las de los consumidores de baja tensión con una potencia contratada igual o inferior a 15 kilovatios hora (kW/h), que pasarán a formar parte de la tarifa de último recurso (TUR).

En una nota, el departamento dirigido por Miguel Sebastián explica que en el borrador se adelanta el calendario del suministro de último recurso y se reduce el límite de potencia establecido en la Ley del Sector Eléctrico (LSE).

El Real Decreto viene acompañado de una orden ministerial que regula la transición al nuevo marco regulatorio. En la orden se establece un periodo de seis meses, desde el 1 de enero hasta el 1 de julio de 2009, durante el cual se mantiene el actual suministro a tarifa por parte de las empresas distribuidoras.

A partir del 1 de julio, los consumidores a quienes sea de aplicación el suministro de último recurso deberán optar por la comercializadora que desean que les pase a suministrar, ya sea libre o de último recurso.

Las TUR consistirán en precios máximos establecidos por Industria, que las revisará trimestralmente para recoger las variaciones en el precio de la energía. Industria fijará tanto la estructura como el mecanismo de cálculo del coste de la energía de la nueva tarifa, lo que garantizará su aditividad.

Además, el suministro a tarifa deja de formar parte de la actividad de distribución y pasa a ser ejercido por los comercializadores en libre competencia, al tiempo que los consumidores elegirán libremente a su suministrador.

REBAJAS SOBRE EL PRECIO MÁXIMO.

Sobre estos precios máximos de la TUR que fije Industria, los propios comercializadores de último recurso, así como el resto de comercializadores libres, podrán ofrecer descuentos a los clientes.

El borrador de Real Decreto propone la designación como comercializadores de último recurso a aquellas empresas con medios técnicos suficientes para poder garantizar el suministro y la atención a estos clientes. Estos comercializadores deberán llevar a cabo la actividad con separación de cuentas, diferenciándola de la actividad de comercialización sin obligaciones.

Por otro lado, durante el periodo transitorio hasta el 1 de julio, las empresas distribuidoras tendrán la obligación de informar al consumidor del listado de empresas comercializadoras de último recurso disponibles, incluidas tanto las de su grupo empresarial como las de los competidores. También se fija la obligación de que la CNE publique dicho listado en su página 'web'.