Economía/Energía.- El sector eólico muestra su "malestar" ante el Real Decreto de las renovables, que supone "un freno"

Actualizado: jueves, 15 febrero 2007 21:09

MADRID, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

El sector eólico español mostró su "malestar" ante la revisión del Real Decreto 436/2004 que ha presentado el Gobierno, que fija las primas a las renovables y a la cogeneración, al considerar que la retroactividad que se pretende aplicar a las tarifas supone "un claro freno".

En el seminario de Energía Eólica celebrado hoy en Madrid, organizado por Montané Comunicación y que contó con la asistencia del director general de Industria, Energía y Minas de la Región de Murcia, Horacio Sánchez, el jefe de la unidad de Energía Eólica del Ciemat; Ignacio Cruz, así como representantes de organismos oficiales y de las empresas eólicas más relevantes, la industria eólica destacó que esa retroactividad va a "suponer una sustancial pérdida de rentabilidad en todos los casos", poniendo en "serias dificultades" el cumplimiento de los objetivos fijados para 2012.

En este sentido, desde el Instituto de Diversificación y Ahorro Energético (IDAE) se aclaró que habrá que redactar un nuevo plan, hacia 2008, para hacer una revisión de los objetivos y para permitir una potencia superior a los 20.000 megavatios (MW) que están autorizados actualmente hasta 2010.

El desfase existente entre esa cifra y los 40.000 MW que suman las peticiones de las comunidades autónomas demandan una nueva planificación, añadieron desde el IDEA, aunque puntualizando que, en cualquier caso, ya no será posible alcanzar los planes iniciales de 20.000 MW para 2010.

A este respecto, el consejo de administración de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) emitió ayer su informe definitivo sobre la revisión del Real Decreto, recomendando la no aplicación del principio de retroactividad a la energía eólica.

La CNE se mostró partidaria de no aplicar el citado Real Decreto en el caso de las instalaciones de renovables existentes antes de su aprobación y las que, de este modo, se regirán por lo establecido en regimenes anteriores.

La nueva normativa elaborada por Industria recoge un régimen transitorio de 4 años en estos casos, mientras que la CNE recomienda que "se extienda a la vida de las instalaciones o que no sea de aplicación" en esos casos.