La Oficina de Cambio de Suministrador fomentará la competencia en los mercados eléctrico y del gas

Actualizado: domingo, 21 junio 2009 15:00


MADRID, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto por el que se regula la estructura y funciones de la Oficina de Cambio de Suministrador (OCSUM), una institución cuyo papel será esencial en el marco de la liberalización de los mercados energéticos para garantizar y fomentar la competencia en los sectores del gas natural y de la electricidad.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, consideró que la OCSUM, a la que calificó como "una decisión novedosa incluso en la Unión Europea", tendrá como función la de "establecer y facilitar más transparencia y más información, así como reglas del juego claras para consumidores y compañías".

La Oficina de Cambio de Suministrador fue creada en 2008 como una sociedad mercantil independiente cuyo objeto social exclusivo es la supervisión de los cambios de suministrador conforme a los principios de transparencia, objetividad e independencia.

Así, la OCSUM garantizará el acceso a las bases de datos de todos los puntos de suministro en poder de las compañías distribuidoras y las pondrá de forma gratuita y por medios telemáticos a disposición de las empresas que a partir del 1 de julio se harán cargo del suministro de gas natural o de electricidad al cliente final, es decir, las comercializadoras, lo que garantizará la mejor competencia dentro de un mercado abierto.

ADOPTA LA FORMA DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL.

La oficina se constituye como una sociedad mercantil, y en su accionariado participan los propios distribuidores y comercializadores de gas natural y de electricidad en los porcentajes que determinan sus cuotas de mercado.

Así, se trata de un caso de 'autogestión' que posibilita que sean los propios agentes privados que intervienen en el mercado los responsables de la gestión de una oficina gestora de datos de interés común para todos ellos. Esta fórmula no significa que la Administración renuncie a sus funciones de control general, pues se reserva a la Comisión Nacional de Energía (CNE) la supervisión tanto del cumplimiento de la normativa y procedimientos relacionados con los cambios de suministrador que se realicen como de la actividad de la propia oficina.

Este esquema societario implica que su financiación se realice a través de las cuotas de sus socios en proporción a su respectiva participación en el capital social

Además, la oficina contará con el Centro de Información sobre el cambio de suministrador, orientado principalmente hacia los usuarios, a los que ofrecerá información gratuita sobre, al menos, los siguientes aspectos: procedimiento de cambio de suministrador, requisitos e información para el cambio, plazos y efectos del cambio, y relación de comercializadores (incluyendo, en su caso, los de último recurso).

Las funciones de la OCSUM no incluyen la atención de quejas y reclamaciones del consumidor, ya que tanto el ámbito del consumo como la resolución de reclamaciones relacionadas con el suministro energético son competencia de las comunidades autónomas.