Economía/CCM.- Los 30 patronos de la Fundación CCM se reúnen hoy en Toledo para tratar la constitución del Patronato

CCM
EP
Actualizado: jueves, 7 octubre 2010 12:27

La Fundación fue registrada en el Registro de Fundaciones de Castilla-La Mancha la semana pasada


TOLEDO, 7 Oct. (EUROPA PRESS) -

Los 30 patronos de la Fundación CCM se reunirán hoy en el Palacio de Benacazón de Toledo para tratar la constitución del Patronato, según han informado a Europa Press fuentes sindicales que forman parte de dicho organismo.

El Patronato es el órgano de gobierno y representación de la Fundación y tiene como objetivo cumplir los fines fundacionales y administrar con diligencia los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Fundación, "manteniendo el rendimiento y utilidad de los mismos".

Así lo establecen los estatutos de la Fundación, a los que ha tenido acceso Europa Press, que señalan que el Patronato estará constituido por 30 patronos que adoptarán sus acuerdos por mayoría de votos, excepto cuando los Estatutos o la legislación vigente establezcan mayoría cualificada. Los patronos podrán ser personas físicas o personas jurídicas que designen a la persona o personas físicas que las representen.

MIEMBROS

Concretamente, los estatutos señalan que serán miembros del Patronato seis patronos nombrados por las Cortes de Castilla-La Mancha, cuatro nombrados por las diputaciones de Toledo, Ciudad Real, Albacete y Cuenca, y cuatro patronos nombrados por la Federación de Municipios y Provincias (FEMP) de Castilla-La Mancha.

A ellos se unen los doce patronos nombrados por el Consejo Económico y Social (CES) de Castilla-La Mancha --tres de CCOO, tres de UGT y seis de CECAM--, dos patronos nombrados por el Consejo de Consumidores y Usuarios de Castilla-La Mancha, y dos patronos nombrados por el Consejo Castellano-Manchego de Servicios Sociales.

Los estatutos establecen también que el nombramiento de los patronos tendrá una duración de seis años, pudiendo ser reelegidos por otro periodo igual. Además, añaden que cumplido el mandato de doce años, de forma continuada o interrumpida, y transcurridos ocho años de dicha fecha, "podrán volver a ser reelegidos".

Todos los patronos han sido ya designados, ya que la Fundación CCM, según han informado a Europa Press tanto fuentes de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas como fuentes sindicales, fue registrada la pasada semana en el Registro de Fundaciones de Castilla-La Mancha, dependiente de la citada Consejería.

COMISIÓN EJECUTIVA Y PRESIDENTE

La Fundación también tendrá, según los estatutos, una Comisión Ejecutiva que será el órgano encargado del estudio y preparación de las materias para su posterior debate y aprobación en el Patronato, y que estará formada por nueve miembros de los que dos serán nombrados por las Cortes regionales y uno nombrado entre las diputaciones de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo.

A ellos se unen otro miembro nombrado por la FEMP de Castilla-La Mancha, tres nombrados por el CES de Castilla-La Mancha, uno nombrado por el Consejo de Consumidores y Usuarios de Castilla-La Mancha, y otro nombrado por el Consejo Castellano-Manchego de Servicios Sociales.

Igualmente, según los estatutos, los patronos elegirán entre ellos un presidente, que a su vez lo será de la Comisión Ejecutiva. Sus funciones serán ostentar la representación de la Fundación ante toda clase de personas, autoridades, entidades públicas o privadas, convocar las reuniones del patronato, dirigir sus debates, y, en su caso, ejecutar los acuerdos.

ATRIBUCIONES

Los estatutos establecen igualmente las atribuciones del Patronato que pasan por "ejercer el gobierno y representación de la Fundación y aprobar los planes de gestión y programas de actuación periódicos de actuación de la misma".

Asimismo, deberá interpretar y desarrollar los estatutos y, en su caso, acordar la modificación de los mismos, siempre que resulte conveniente a los interesados de la Fundación y "a la mejor consecución de sus fines".

Igualmente, deberán fijar las líneas generales sobre la distribución y aplicación de los fondos disponibles entre las finalidades de la fundación, nombrarán apoderados generales o especiales y aprobarán el plan de actuación de las cuentas anuales que hayan de ser presentadas al Patronato.

Los estatutos establecen también que al Patronato le corresponde adoptar acuerdos sobre la extinción de la fundación "en caso de imposibilidad de incumplimiento de objetivos", o acordar la fusión de la Fundación y la liquidación, en su caso.

Finalmente, en los estatutos se recoge que el Patronato tiene como atribución delegar sus facultades en la Comisión Ejecutiva, sin que pueda ser objeto de delegación la aprobación de las cuentas y del plan de actuación de los Estatutos, la fusión y la liquidación de la Fundación, "así como aquellos actos que requieran la autorización de Protectorado".