Las entidades pagarán el 31 de diciembre al Banco de España la tasa por la realización de su evaluación global

Actualizado: lunes, 29 diciembre 2014 14:14

MADRID, 29 Dic. (EUROPA PRESS) -

   Las entidades de crédito españolas deberán pagar el 31 de diciembre de este año al Banco de España la tasa por la realización de la evaluación global a la que fueron sometidas antes de la entrada en vigor del Mecanismo Único de Supervisión (MUS), según una circular del supervisor que publica este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

   El objeto de la circular es la regulación de los aspectos necesarios para liquidar y pagar la tasa prevista en la disposición adicional decimonovena de la Ley 10/2014 de 26 de junio de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito.

   Así, se establece que la tasa se liquidará antes del 31 de enero de 2015, de acuerdo con la información de la que se disponga sobre el importe de los activos totales de los grupos consolidables en los que estén integrados los sujetos pasivos declarados al Banco de España a 31 de diciembre de 2013.

   Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, el pago de la tasa deberá llevarse a cabo desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el hábil siguiente.

   Por el contrario, si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de mes, la tasa deberá pagarse desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el hábil siguiente.

   El pago deberá realizarse mediante transferencia desde la cuenta del módulo de pago de la que sea titular la entidad de crédito en el sistema Target 2-Banco de España a la cuenta titularidad del Banco de España que se comunicará en la liquidación correspondiente.