La CNMV pide informar a clientes de productos complejos sobre la probabilidad de incurrir en pérdidas

Actualizado: jueves, 10 abril 2014 18:17

Recomienda evitar el uso de expresiones que puedan generar confusión, como el término 'depósito estructurado'

MADRID, 10 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) recomienda como una buena práctica "especialmente adecuada" para productos complejos, que se proporcione a los clientes, con carácter previo a su contratación, información sobre la probabilidad de incurrir en pérdidas.

Esta recomendación se recoge en un dictamen de la ESMA, la autoridad bursátil europea, sobre la comercialización de instrumentos financieros complejos y que la CNMV asume como propia y, por tanto, aplicará a las entidades de servicios de inversión en productos estructurados y derivados OTC.

"Asimismo, cuando alguna característica del producto limite los resultados que se pueden obtener, también debería señalarse dicha circunstancia y el límite fijado", según un comunicado de la CNMV, en el que recomienda evitar el uso de expresiones que puedan generar confusión, tales como los términos 'depósitos estructurado'.

La ESMA ha publicado un dictamen referido a prácticas MiFID para la comercialización de instrumentos financieros complejo, y otro referido a buenas prácticas para el diseño, emisión y comercialización de productos estructurados.

La CNMV ha confirmado a las entidades que prestan servicios de inversión que tendrá en cuenta en su labor supervisora los contenidos de ambos dictámenes de ESMA en su integridad. De ellos, el supervisor español ha subrayado que son de "especial relevancia" los requisitos organizativos y de control interno relativos a instrumentos complejos, y los aspectos sobre información a clientes, seguimiento por la función de cumplimiento normativo y mejor ejecución.

La ESMA recomienda que se informe a los clientes minoristas de las dificultades que pueden existir para obtener liquidez, de las consecuencias potenciales de intentar vender o cancelar anticipadamente el instrumento financiero y, en particular, del impacto que las comisiones o cargos de cancelación pueden tener sobre el importe a reembolsar.

CANCELACIONES ANTE MERCADOS NO LÍQUIDOS.

Adicionalmente, la autoridad europea identifica como una buena práctica que, en ausencia de un mercado líquido, se ofrezca a los clientes la posibilidad de cancelar anticipadamente su inversión, siempre que se definan de inicio metodologías objetivas.

Al margen de los dictámenes de la ESMA, la CNMV ha recomendado remitir más información a los clientes de instrumentos financieros complejos, con el fin de que les permita conocer la situación de los productos contratados.

En concreto, el supervisor considera de "especial interés" incluir en los estados periódicos de instrumentos financieros remitidos a clientes el dato del valor efectivo, de mercado o, en su defecto, una estimación del valor razonable del instrumento a la fecha de referencia de la información.

"Cuando se realice la estimación del valor teórico, debería ajustarse a metodologías generalmente aceptadas y resultar consistente con las utilizadas para valorar la posición propia de la entidad en instrumentos similares", explica la CNMV.

El organismo presidido por Elvira Rodríguez además aconseja que dicha información se remita de forma trimestral a los clientes minoristas. Esta periodicidad previsiblemente quedará fijada con carácter obligatorio por la modificación en curso de la normativa MiFID.