El TUE niega indemnización a particulares y sociedades que sufrieron pérdidas en el rescate bancario de Chipre

Publicado: viernes, 13 julio 2018 16:50


BRUSELAS, 13 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado este viernes las demandas de indemnización que habían presentado particulares y sociedades que sufrieron pérdidas tras la reestructuración del sistema bancario chipriota.

En concreto, la Justicia europea ha determinado que no concurre en ninguno de los casos el requisito de ilegalidad en el comportamiento imputado a la Unión Europea.

El TUE se ha pronunciado sobre los recursos presentados por varios particulares y sociedades que eran titulares de depósitos en el Cyprus Popular Bank (Laïkí) y en el Bank of Cyprus (BoC) o era accionistas u obligacionistas de estos bancos.

En ellos consideraban que la aplicación de las medidas acordadas con las autoridades chipriotas provocó una reducción "sustancial" del valor de sus depósitos, acciones y obligaciones. Por eso, reclamaron una indemnización por las pérdidas que habían sufrido como consecuencias de estas medidas.

ElTribunal General de la UE ha recordado que para confirmar la responsabilidad extracontractual de la UE han de concurrir tres requisitos, el primero de los cuales es la ilegalidad del comportamiento imputado a la institución de la Unión. También tiene que existir la realidad del perjuicio y una relación de causalidad entre el comportamiento de la UE y el perjuicio invocado.

Con respecto al primer requisito, es necesario acreditar la existencia de una violación de una norma jurídica. Según los demandantes, en este caso las normas jurídicas violadas son el derecho de propiedad, el principio de protección de confianza legítima y el principio de igualdad de trato.

En su sentencia, el TUE ha concluido que las sociedades y los particulares demandantes no han conseguido demostrar la existencia de una violación de ninguno de los derechos y principios anteriores.

"Como no concurre el primer requisito para que se genere la responsabilidad extracontractual de la Unión --la ilegalidad del comportamiento imputado a una institución de la Unión-- el Tribunal General desestima las demandas de indemnización", ha explicado en un comunicado.

Leer más acerca de: