La Cámara estadounidense pide a Sánchez parar medidas fiscales previas al Covid-19 y aprobar otras "urgentes"

Jaime Malete
Jaime Malete - CÁMARA DE COMERCIO DE EEUU EN ESPAÑA - Archivo
Publicado: lunes, 20 abril 2020 22:09

Pide el aplazamiento de deudas tributarias, incentivos fiscales y la compensación de créditos y débitos tributarios

MADRID, 20 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Cámara de Comercio de EE.UU. en España, AmChamSpain, ha pedido en una carta remitida al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que paralice las reformas tributarias "de calado" previstas antes de la crisis del Covid-19, como en el Impuesto de Sociedades o las tasas 'Tobin' o 'Google', y apruebe otras "más urgentes", como la compensación "inmediata" de créditos y débitos tributarios, aplazamientos y fraccionamientos extraordinarios de deudas tributarias o la introducción de incentivos fiscales.

La organización, que representa los intereses de más de 280 empresas asociadas, españolas y de origen estadounidense cuya facturación agregada solo en España supera el 20% del PIB, señala en la misiva remitida a Sánchez y a las ministras María Jesús Montero, Nadia Calviño y Reyes Maroto, a la que ha tenido acceso Europa Press, que apoya las medidas dispuestas por el Gobierno y los esfuerzos de toda la sociedad española, poniéndose a su servicio para "contribuir a la recuperación social y económica del país" y planteando una batería de medidas fiscales.

En concreto, en la carta, firmada por el presidente de AmChampSpain, Jaime Malet, plantea paralizar reformas tributarias "de calado" (Impuesto Sociedades, IRPF, Impuesto sobre las Transacciones Financieras e Impuesto sobre determinados Servicios Digitales) en beneficio de medidas fiscales "más urgentes que generen un alivio en la tesorería de los contribuyentes".

La vía más rápida, subraya, es la de aplazar el pago de las cuotas tributarias, modificando incluso los plazos de declaración, junto a otras propuestas dirigidas a mejorar la financiación empresarial e, igualmente, a acompasar su tributación a las dificultades financieras que se han creado, así como a aliviar la situación de aquellos sectores y empresas especialmente afectadas por la pandemia y para incentivar la actividad empresarial.

MEDIDAS DE ALCANCE GENERAL

Entre las medidas de alcance general, plantea la posibilidad de compensación inmediata de créditos y débitos tributarios, con la misma o con distintas administraciones, ya correspondan a la misma sociedad o a sociedades pertenecientes al mismo grupo en los términos definidos por el artículo 42 del Código de Comercio y, en todo caso, la flexibilización de los requisitos exigidos para la compensación de débitos y créditos tributarios.

Asimismo, plantea la posibilidad de solicitar aplazamientos y fraccionamientos extraordinarios de deudas tributarias por parte de todas aquellas empresas, con independencia de su tamaño, que experimenten una acreditada dificultad para cumplir con las obligaciones tributarias derivadas de la crisis del Covi-19, junto a la ampliación de los tipos de garantías admisibles prestadas con dicha finalidad.

En este sentido, recuerda que este tipo de medidas han sido introducidas ya en países como EE.UU., Reino Unido, Alemania, Austria, Finlandia, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Mónaco, China, Canadá, Australia, Eslovenia, Estonia o Letonia.

También pide la tramitación acelerada de las devoluciones de créditos tributarios solicitados por el contribuyente o reconocidos a su favor, en línea con países como Rumania, Indonesia y Bosnia Herzegovina.

En particular, cree que debería acelerarse la devolución de los créditos exigibles a la Administración Tributaria como consecuencia de la monetización de activos por impuestos diferidos originados por deterioros de créditos por insolvencias con deudores no vinculados con el contribuyente.

SOCIEDADES

En el ámbito del Impuesto de Sociedades, propone la eliminación de las limitaciones existentes a la compensación de bases imponibles negativas y a la aplicación de deducciones, al menos para los ejercicios impositivos cerrados en los años 2019 y 2020 y la introducción de incentivos fiscales destinados al mantenimiento de empleo, mediante distintos mecanismos.

Entre ellos, cita la libertad de amortización de activos fijos ligado al mantenimiento de empleo para fomentar la ocupación y la inversión en un periodo de crisis; la reducción en base imponible para aquellas sociedades que mantengan o incrementen su plantilla o, alternativamente, una deducción en cuota o una bonificación.

Propone también la introducción de un incentivo fiscal, aplicable en las autoliquidaciones y pagos fraccionados, vinculado al esfuerzo de los contribuyentes por mantener el empleo durante los siguientes ejercicios, tras la situación derivada de la crisis sanitaria.

Adicionalmente, entiende que debe recompensarse en mayor medida a quien haga un mayor esfuerzo por mantener o incrementar su plantilla.

La Cámara de Comercio de EE.UU. en España también plantea a Sánchez una deducción de deterioros de cartera registrados contablemente, con la recuperación para el Impuesto sobre Sociedades de 2020 del régimen de deducibilidad de las pérdidas por deterioro de valor de participaciones en el capital o fondos propios de entidades que sean objeto de registro contable. Adicionalmente, suspensión, durante los ejercicios iniciados en 2020, de la reversión obligatoria de los deterioros de cartera.

Igualmente, insta a incrementar el límite de deducibilidad fiscal de los gastos financieros ocasionados por el endeudamiento adquirido por las empresas para paliar las necesidades de tesorería derivadas de la pandemia global, como ha hecho ya Estados Unidos.

RECUPERAR EL IVA DEVENGADO

Por último, en materia de IVA aboga por la flexibilización de los requisitos para recuperar el IVA devengado y repercutido, en el caso de impagos de deudas por parte de sociedades pertenecientes a sectores de actividad especialmente afectadas por la crisis del Covid-19, y aboga por la opción automática y sin condiciones adicionales por la aplicación del criterio de caja.

Plantea la consideración como deducible del IVA soportado al adquirir material de uso sanitario dirigido a su donación a entes públicos y entidades sin fines de lucro para su uso en paliar los efectos de la pandemia Covid-19.

De manera simétrica, cita la consideración como autoconsumo no sujeto de la entrega de bienes y servicios dirigidos a entes públicos y entidades sin fines lucrativos dirigidas a la lucha para paliar la crisis sanitaria y la investigación médica.

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