Economía/Fiscal.-El 52% de los directores de fiscal y financiero todavía carecen de los precios de transferencia de 2009

Actualizado: jueves, 11 febrero 2010 19:50

MADRID, 11 Feb. (EUROPA PRESS) -

El 52% de los directores de las áreas de fiscal y financieras de las empresas españolas reconocen que no ha desarrollado aún su documentación en materia de precios de transferencia en los términos descritos por el Impuesto sobre Sociedades, que debían aplicarse a partir del ejercicio 2009, según informó hoy KPMG Abogados en un comunicado.

Ésta es una de las conclusiones de la encuesta realizada en el marco del V Foro sobre Precios de Transferencia organizado por la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD) y KPMG, con el objetivo de analizar si las empresas disponían ya de la documentación en los términos descritos por el reglamento del artículo 16 del Texto Refundido del Impuesto sobre Sociedades.

En cuanto a la generación de un archivo de documentación de las operaciones vinculadas para los ejercicios fiscales 2007 y 2008, un 63% de los encuestados reconocen no disponer de una documentación de precios de transferencia correspondientes a 2007, mientras que este porcentaje baja hasta el 55% para el ejercicio 2008.

Una de las posibles explicaciones en ambos ejercicios es que buena parte de los encuestados que responden que sí disponían de dicha documentación en el ejercicio 2009 hayan llevado a cabo un análisis de precios de transferencia durante ese ejercicio echando también la vista atrás a los dos ejercicios anteriores.

KPMG Abogados advirtió de que los órganos inspectores están empezando ya a comprobar en determinadas entidades el ejercicio 2007, solicitando una documentación soporte de transacciones vinculadas.

Así, el socio responsable del área de precios de transferencia de KPMG en España, Vicente Durán, explicó que "resulta más que recomendable para las empresas disponer de algún tipo de documentación que justifique el carácter 'de mercado' de sus transacciones a los efectos de evitar posibles contingencias derivadas de dichas actuaciones inspectoras".

En cualquier caso, en términos de documentación, para todas aquellas entidades con ejercicio fiscal equivalente al natural (de 1 de enero a 31 de diciembre), quedaría todavía tiempo al menos hasta la presentación del impuesto (25 de julio del ejercicio 2010) para cumplir con los requerimientos establecidos por Ley.