El Congreso envía al Senado sin cambio la derogación del despido por bajas

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La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, saluda con el codo a la 'número dos' del PSOE y portavoz en el Congreso, Adriana Lastra - Eduardo Parra - Europa Press
Publicado: miércoles, 17 junio 2020 18:40

MADRID, 17 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Congreso ha aprobado este miércoles el proyecto de ley de derogación de los despidos por acumulación de bajas médicas, pero lo ha hecho sin introducir ningún cambio en el decreto que está en vigor desde hace tres meses. Ahora el texto se tramitará en el Senado.

La aprobación de la ley ha contado con los votos del PSOE, Unidas Podemos, Esquerra Republicana, Ciudadanos, Junts, PNV, EH-Bildu, las CUP, Más País, Compromís, Teruel Existe, Coalición Canaria, Nueva Canarias y el BNG. El PP, UPN y Foro Asturias se han abstenido, mientras que Vox ha votado en contra.

Esta derogación está ya en vigor, pues procede de un decreto ley publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y convalidado el pasado mes de marzo por el Congreso. Entonces se decidió tramitar la modificación legal como proyecto de ley, permitiendo así enmiendas de los grupos para intentar modificarlo.

TRES MESES DESPUÉS, NI UNA ENMIENDA

Como se trata de un texto de artículo único, la Cámara Baja aprobó que la reforma se tramitara en lectura única, es decir, en una única sesión plenaria que sustituya las fases de ponencia y Comisión. Todos los partidos respaldaron, a excepción de Vox que votó en contra.

Precisamente, Vox ha buscado tumbar esta iniciativa con una enmienda de totalidad que este martes fue rechazada en el Pleno por todos los grupos de la Cámara, a excepción del PP, que decidió abstenerse.

Durante la fase para presentar enmiendas parciales, solo Ciudadanos buscó introducir cambios parciales, en los cuales la formación naranja rescató propuestas planteadas en su Ley de familias, con medidas de conciliación, pero que finalmente declinó someter a votación.

EL ARTÍCULO DEROGADO AMPARABA ESTOS DESPIDOS

El artículo derogado del Estatuto de los Trabajadores permitía al empresario el despido objetivo de un trabajador por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, cuando alcanzaran el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los 12 meses anteriores alcanzaran el 5% de las jornadas hábiles o el 25% en cuatro meses discontinuos en un período de 12 meses.

El Gobierno defendió esta derogación, pactada por PSOE y Unidas Podemos y reclamada por los sindicatos tras la sentencia del Tribunal Constitucional que amparaba esta fórmula, como el inicio de la derogación de la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012.

Si bien el Estatuto de los Trabajadores ya contemplaba antes de esta reforma el despido objetivo por bajas médicas justificadas, sí que modificó sus condiciones al no ligarla a los índices de absentismo de la empresa, sino exclusivamente en función de las faltas de asistencia al trabajo personales e individuales, facilitando por tanto el despido.