IU-ICV-CHA pide permitir la jubilación anticipada a quienes tengan una pensión mínima

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EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 24 marzo 2014 17:52


MADRID, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) ha registrado en el Congreso una proposición no de ley con la que pide al Gobierno que modifique el decreto ley de Envejecimiento Activo, aprobado en abril del año pasado, de modo que puedan acceder a la jubilación anticipada quienes tienen una pensión mínima y los trabajadores que han sido despedidos en determinadas circunstancias.

En la iniciativa, que recoge Europa Press y que debatirá el Pleno de la Cámara Baja, la coalición critica la decisión del Ejecutivo de Mariano Rajoy de "endurecer" las condiciones de acceso a la jubilación anticipada "con argumento de facilitar la continuidad de la vida laboral de los trabajadores y el pomposo título de promover el envejecimiento activo".

Según IU-ICV-CHA, esgrimir este argumento en tiempos de "elevado y cronificado" paro es "una burla hacia los trabajadores de más edad", que cuando pierden su puesto de trabajo se encuentran "en una situación de desamparo total", ya que muchos no pueden acogerse ni a la jubilación anticipada forzosa ni a la voluntaria.

"No tienen empleo ni esperanzas de obtenerlo, se les endurecen las condiciones de acceso a las prestaciones de desempleo y se les reducen las prestaciones, u se les alarga y dificulta el acceso a la jubilación anticipada. Más allá de la grave injusticia que ello supone, la normativa vigente contiene niveles de discriminación en el acceso a la jubilación anticipada", advierte la Izquierda Plural.

MUCHOS EXCLUIDOS

Y es que con el último cambio de la regulación que afecta a la jubilación anticipada, las personas cuya pensión no es superior a la pensión mínima ya no pueden acogerse al retiro voluntario de forma adelantada a la edad de jubilación.

Del mismo modo, también quedan excluidos de la jubilación anticipada forzosa los parados despedidos por causas disciplinarias u objetivas cuyos casos han sido declarados nulos o improcedentes por los tribunales o en conciliación, quienes no pueden acreditar haber cobrado la indemnización que les corresponde por el despido sea por incumplimiento o por insolvencia empresarial; o quienes al final de su vida sólo tienen acceso a un contrato temporal que la compañía extingue.

Para proteger a todas estas personas, IU-ICV-CHA reclama que se modifique el decreto ley para permitir acceso a la jubilación anticipada voluntaria a las personas cuya pensión no supere la cuantía mínima, y a la jubilación anticipada forzosa a las personas que se encuentren en los supuestos previstos por la Ley General de la Seguridad Social.

Entre otros, a los afectados por un despido colectivo adoptado por el empresario o por resolución judicial en un proceso concursal, o a quienes se quedan sin empleo a resultas de la muerte, jubilación o incapacidad de su empleador.