Economía/Laboral.- La subida salarial media pactada en los convenios registrados hasta agosto alcanzó el 3,49%

Actualizado: domingo, 28 septiembre 2008 14:29

MADRID, 28 Sep. (EUROPA PRESS) -

El incremento salarial medio pactado en los convenios colectivos registrados hasta agosto alcanzó el 3,49%, cifra inferior en casi un punto y medio a la inflación interanual de ese mes (4,9%), según datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración, consultados por Europa Press.

En agosto del año pasado, la subida salarial pactada en convenio fue del 2,87%, seis décimas menos que un año después.

Entre enero y agosto se registraron un total de 3.348 convenios, que afectaron a 7.653.000 trabajadores y contemplaban una jornada laboral media de 1.748,9 horas anuales.

Del total de convenios registrados, 2.477 eran de empresa, con efectos sobre 699.800 trabajadores, y 871 tenían ámbito sectorial, con cobertura sobre 1.752.700 trabajadores.

La subida salarial pactada en los convenios de empresa alcanzó en los ocho primeros meses del ejercicio el 2,89%, frente al 3,55% de los convenios sectoriales. No obstante, también es menor la jornada laboral en los primeros (1.711,6 horas anuales) que en los segundos (1.752,7 horas).

Por sectores de actividad, el mayor incremento salarial acordado hasta agosto correspondió a la construcción (3,65%), seguido de los servicios (3,52%), la industria (3,41%) y la agricultura (3,17%).

En cuanto a la jornada media por trabajador, los convenios de agricultura tienen pactadas 1.770,9 horas anuales; los de industria, 1.751,4 horas; los de servicios, 1.746,4 horas, y los de construcción 1.745,7 horas.

La negociación colectiva se rige por el Acuerdo Interconfederal de Negociación Colectiva (ANC) para 2008 consensuado por CC.OO, UGT y CEOE y Cepyme y que, entre otras cosas, trata de favorecer la moderación salarial.

Así, este acuerdo recomienda que las subidas salariales se pacten en función de tres variables: la previsión oficial de la inflación (2%), el reparto negociado de la productividad y la inclusión de cláusulas de revisión salarial para garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo.