Llamazares denuncia la vulneración de derechos laborales en las cárceles y pide más inspecciones

Vista exterior de la cárcel de Picassent
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 8 diciembre 2014 4:04


MADRID, 4 Nov. (EUROPA PRESS) -

El diputado de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) por Asturias, Gaspar Llamazares, denuncia la vulneración de los derechos laborales que se produce diariamente en las cárceles españolas y pide al Gobierno que tome medidas e incremente las inspecciones ante este problema "casi desconocido".

En una pregunta parlamentaria, que recoge Europa Press, Llamazares recoge el testimonio del expreso Francisco Javier Hervás, quien durante siete años de su condena tuvo el "privilegio" de poder trabajar por hasta 0,50 euros la hora "sin pagas extraordinarias, horas extra o vacaciones".

"La vulneración de derechos laborales de los presidiarios es un problema casi desconocido que niega horas extra o vacaciones y aporta un subsidio de desempleo máximo de 100 euros mensuales", lamenta el diputado asturiano, que señala que estas "oportunidades laborales" pueden llegar a través de los talleres productivos, los trabajos para empresas externas de diversos sectores industriales o los servicios de la prisión (panadería, mantenimiento, jardinería, lavandería, etc.).

HASTA 70 HORAS SEMANALES

Además, el diputado de la Izquierda Plural asegura que "en muchos casos" sólo se declara "una cuarta parte" de las horas reales realizadas por los reclusos, que "relatan jornadas de hasta 70 horas semanales" cobradas "por producto realizado", con un sistema que no pueden controlar ya que en muchas ocasiones ni siquiera cuentan con un recibo por cada pieza producida.

Y la cosa no mejora al dejar la prisión, ya que al haber cotizado por este trabajo el expreso no accede al subsidio de excarcelación (426 euros en hasta 18 meses) sino a la prestación por desempleo que "ronda, si llega, los cien euros mensuales". "Un absurdo legal que, si el recluso hace cuentas, se piensa si le conviene trabajar", indica Llamazares, que pide información al Gobierno sobre este problema.

SEGÚN LA REGULACIÓN

En su respuesta, que recoge Europa Press, el Gobierno indica que a junio de 2014 había 12.405 presos trabajando en los distintos talleres productivos penitenciarios de España, cuyos salarios se calculan "en función del tiempo efecto de trabajo realizado y de la especialidad", siguiendo las guías del Módulo Retributivo, que a su vez se vincula con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), tal y como establece la normativa vigente.

"Haciendo la media entre todos los puestos y especialidades existentes en el trabajo penitenciario se obtiene un montante de 226,10 euros al mes en la estadística de junio de 2014", precisa el Ejecutivo, añadiendo a renglón seguido que en ese salario se incluye la parte proporcional de los días del descanso semanal y de vacaciones anuales retribuidas, así como las "gratificaciones extraordinarias" a que puedan tener derecho los presos.

Por otra parte, el Gobierno niega que la jornada semanal supere las 40 horas porque el "propio sistema regimental de cualquier centro penitenciario" impide superar esa cifra, si bien reconoce que "hay puestos cuya dedicación no llega a media jornada y otros que se aproximan a la jornada completa".

Con respecto a los subsidios, el Ejecutivo explica que la Ley General de la Seguridad Social establece que se accederá de forma prioritaria a las prestaciones contributivas ante las asistenciales si se tiene derecho a ambas, por lo que los presos que hayan cotizado por su trabajo en prisión se verán obligados a cobrar el paro antes que el subsidio por excarcelamiento, siempre y cuando reúnan las condiciones para ello.

El cálculo de la prestación correspondiente se realizará con arreglo a las normas generales, independientemente del colectivo al que se pertenezca, teniendo en cuenta la base de cotización, si el empleo era a tiempo parcial o completo, y la situación familiar respecto a las cuantías mínimas y máximas.

En cualquier caso, el Gobierno recuerda que "el liberado de prisión que resulte beneficiario de la prestación por desempleo de nivel contributivo, al igual que el resto de colectivos previstos en la norma, una vez producido el agotamiento de la misma podrá acceder a los subsidios por desempleo de nivel asistencial si cumple con los requisitos legalmente requeridos".

INSPECCIONES EN PRISIÓN

El Ejecutivo también recuerda que la Ley Orgánica General Penitenciaria establece que los internos, "en cuanto trabajadores por cuenta ajena o socios cooperadores, asumirán individualmente la defensa de sus derechos e intereses laborales o cooperativos". Es decir, que no tendrán derecho a sindicarse.

No obstante, sus derechos laborales y obligaciones están protegidos tanto por los funcionarios de Instituciones Penitenciarias como por los jueces de Vigilancia Penitenciaria y los Tribunales de lo Social, y además la Inspección de Trabajo también actúa en las cárceles españolas en el marco de su programación anual.

"En las inspecciones realizadas hasta la fecha no se han detectado problemas o irregularidades que pongan en riesgo la integridad de los internos trabajadores", concluye el Gobierno, que no precisa cuántas actuaciones se han realizado ya que los datos no están desagregados en función de esta variable.

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