Economía/(Amplia).- Conthe rechaza el recurso de Cresa contra la carta sobre el proceso de mejora de OPAs en Metrovacesa

Actualizado: jueves, 10 agosto 2006 21:11

MADRID, 10 Ago. (EUROPA PRESS) -

El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) resolvió hoy no admitir el recurso de alzada presentado el 7 de agosto por Cresa contra la carta que le envío el 31 de julio el director general de Mercados e Inversores de la CNMV, en la que le comunicaba el calendario de presentación de los sobres con la eventual mejora de las ofertas sobre Metrovacesa y los requisitos que debían cumplir.

Conthe explica que la inadmisión del recurso -que entraña también la no suspensión cautelar de los efectos de la pretendida "resolución"- se basa en que la citada carta no tiene naturaleza de "acto administrativo", y apoya dicha conclusión en dos argumentos distintos.

El primero, aclara el presidente de la CNMV, es que la carta objeto del recurso es una mera "carta informativa", en la que se ponen en conocimiento de los oferentes, con carácter previo a la presentación de mejoras en sobre, los requisitos que para ellos derivan de las disposiciones aplicables.

Para Conthe, "es un puro recordatorio de mercado que el director general de Mercados realiza con arreglo a las facultades de información que el artículo 13 de la Ley del Mercado de Valores atribuye a la CNMV". Así, argumenta que es la obligación de promover la transparencia en los mercados de valores y, en este caso particular, informar a los muchos accionistas de Metrovacesa la que lleva a que la CNMV difunda, "siguiendo una práctica ordinaria, comunicados de esta naturaleza".

"Pero la carta no añade ni quita nada, ni contiene voluntad resolutiva alguna generadora de derechos y obligaciones para los oferentes que sean distintos de los que derivan directamente de las normas vigentes", subraya.

Por ello, Conthe define la carta como una manifestación de la llamada "actuación informal de la Administración", figura que engloba aquellas acciones, generalmente de contenido informativo, que las distintas administraciones públicas realizan, "pero que carecen de verdaderos efectos sobre la esfera jurídica de los administrados y, en consecuencia, no son susceptibles de ser recurridas ni, por su falta de efectos, de ser suspendidas de forma cautelar".

ACTUACIÓN NO IMPUGNABLE.

El segundo argumento esgrimido por Conthe es que incluso aunque la carta hubiera contenido interpretaciones a la normativa a aplicar, tampoco se estaría en presencia de un acto administrativo recurrible: "se trataría de una mera expresión del criterio de la Administración, de una actuación interpretativa cercana a la figura de la resolución de consultas, que no es impugnable por carecer de contenido decisorio".

El presidente del organismo regulador de los mercados bursátiles concluye por tanto que "un puro recordatorio de normas legales, efectuado por un director general que tiene facultades legales para hacer comunicaciones de esa índole, no puede ser considerado un acto administrativo, a diferencia de lo que ocurrirá con la resolución que en su momento pueda dictar el Consejo de la CNMV. No puede, en consecuencia, admitirse un recurso sobre un eventual acto administrativo, todavía no producido, amparándose en la ficción de considerar equivalente a ese futuro y eventual acto una carta recordatoria de la normativa vigente".